A.F.P. MODELO S.A. CON CORPORACION CULTURAL BALMACEDA DOCE QUINCE
Rol
P-22913-2021
Fecha
4 de octubre de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, con fecha 31 de agosto de 2021, comparece don Manuel Figueroa Saavedra, abogado, y don Antonio Ricardo Álamos Avendaño, abogado, ambos en representación de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES MODELO, institución de previsión social, todos domiciliados en Alameda N°949, oficina 901 B, Santiago, quien interpuso demanda ejecutiva en contra del empleador, CORPORACION CULTURAL BALMACEDA DOCE QUINCE, representada legalmente por don Felipe Andrés Mella Morales, ambos con domicilio en Avenida Presidente Balmaceda N°1215, comuna de Santiago. Fundó la demanda en que la demandada adeuda a su representada la suma de $1.402.433.- por concepto de cotizaciones previsionales, correspondientes al periodo comprendido por el mes de febrero de 2021 respecto de los trabajadores doña Sefora de las Mercedes Gómez Valenzuela, doña María Cristina Ugarte Bravo, doña Tania Isabel Orellana Valencia, don Eduardo Matías Palacios Retamal, doña Carolina Ximena Palma Cortés, doña Daniela Andrea Fuentes Posada, doña Nathaly Victoria Sánchez Cárdenas, don Iván Andrés Cea Varas, doña Karla Lorena Rivera Tapia, don Nelson Ariel Sepúlveda Órdenes, doña Cinthia Pilar Paredes Ojeda, doña Jocelyn Jessenia Allende Oliva, doña Francisca Ignacia Torres Tobar y doña Loreto Antonia Bravo Fernández, según consta de la Resolución N°552248 de fecha 16 de agosto de 2021. La parte ejecutante, atendido lo que señala y disposiciones legales que invoca, concluye pidiendo tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de la demandada antes individualizada y se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $1.402.433.-, más reajustes, intereses, recargos y costas. Por resolución de fecha 31 de agosto de 2021, se tuvo por interpuesta demanda ejecutiva y se despachó mandamiento de ejecución y embargo. Con fecha 28 de julio de 2022 se notificó la demanda a la ejecutada y el día 29 de julio de 2022, se procedió a requerirle de pago en su rebeldía. Con fecha 03 de agosto
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, será materia de esta litis determinar la efectividad de encontrarse pagadas las cotizaciones que se cobran en autos, respecto de los trabajadores doña Sefora de las Mercedes Gómez Valenzuela, doña María Cristina Ugarte Bravo, doña Tania Isabel Orellana Valencia, don Eduardo Matías Palacios Retamal, doña Carolina Ximena Palma Cortés, doña Daniela Andrea Fuentes Posada, doña Nathaly Victoria Sánchez Cárdenas, don Iván Andrés Cea Varas, doña Karla Lorena Rivera Tapia, don Nelson Ariel Sepúlveda Órdenes, doña Cinthia Pilar Paredes Ojeda, doña Jocelyn Jessenia Allende Oliva, doña Francisca Ignacia Torres Tobar y doña Loreto Antonia Bravo Fernández, en la afirmativa, fecha y monto del pago. SEGUNDO: Que, a fin de acreditar sus afirmaciones, la parte ejecutante allegó la siguiente prueba DOCUMENTAL, consistente en: - Certificado de deudas actualizadas al 22 de agosto de 2022, emitido por AFP Modelo con esa fecha, respecto del empleador CORPORACION CULTURAL BALMACEDA DOCE QUINCE. TERCERO: Que, a fin de acreditar sus afirmaciones, la parte ejecutada allegó la siguiente prueba DOCUMENTAL, consistente en: 1. Copia de correo en que AFP Modelo envía a la ejecutada, Corporación Cultural Balmaceda Doce Quince, Certificado de no deuda emitido el 02 de febrero de 2022. 2. Copia de cadena de correos electrónicos entre Guisela López, encargada de personas de Corporación Cultural Balmaceda Doce Quince, y Marcia Córdova, de oficina de cobranzas ORPRO, enviados entre el 27 de agosto de 2021 y el 04 de octubre de 2021. 3. Copia de número de atención y de ticket de reclamo ingresado en AFP Modelo con el número 1917445, de fecha 16 de junio de 2022. 4. Copia de informe laboral previsional de DICOM, de fecha 21 de marzo de 2022. 5. Copia de planilla de cotizaciones pagadas por la Corporación Cultural Balmaceda Doce Quince, vía PREVIRED a AFP Modelo el día 07 de abril de 2021 a las 12:51 horas. CUARTO: Que el título ejecutivo que sirve de base a la presente ejecución, consiste en la Resolución N°552248 de fecha 16 de agosto de 2021, en que se adeudan las cotizaciones correspondientes al periodo comprendido por el mes de febrero de 2021 respecto de los trabajadores doña Sefora de las Mercedes Gómez Valenzuela, doña María Cristina Ugarte Bravo, doña Tania Isabel Orellana Valencia, don Eduardo Matías Palacios Retamal, doña Carolina Ximena Palma Cortés, doña Daniela Andrea Fuentes Posada, doña Nathaly Victoria Sánchez Cárdenas, don Iván Andrés Cea Varas, doña Karla Lorena Rivera Tapia, don Nelson Ariel Sepúlveda Órdenes, doña Cinthia Pilar Paredes Ojeda, doña Jocelyn Jessenia Allende Oliva, doña Francisca Ignacia Torres Tobar y doña Loreto Antonia Bravo Fernández, por un total de $1.402.433.-, más los reajustes, intereses, recargos y costas. Código: QBSXXBTGXPP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl QUINTO: Que, de la información contenida en planilla de pago de cotizaciones prev
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5, 6 y 22 de la Ley N°17.322; artículos 160, 170, 434 N°7 y 464 N°9, 466 y 471 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA: I.- Que, SE ACOGE la excepción de pago de la deuda opuesta por la ejecutada con fecha 03 de agosto de 2022 y, en consecuencia, se desestima la acción ejecutiva. II.- Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese y notifíquese por correo electrónico a las partes. RIT: P-22913-2021 RUC: 21-3-0193376-K Proveyó doña Cecilia Paz Agüero Calvo, Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. En Santiago a cuatro de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. pags Código: QBSXXBTGXPP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: QBSXXBTGXPP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-10-04T11:28:58-0300
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Santiago, cuatro de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, con fecha 31 de agosto de 2021, comparece don Manuel Figueroa Saavedra, abogado, y don Antonio Ricardo Álamos Avendaño, abogado, ambos en representación de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES MODELO, institución de previsión social, todos domiciliados en Alameda N°949, oficina 901 B, Santiago, quien interpuso dem
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