2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

GARRIDO/ABASTECEDORA DEL COMERCIO SPA

Rol

Fecha

18 de diciembre de 2023

Materia

PRESTACIONES

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO

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Hechos

Visto: Se reproduce la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, de fecha diez de febrero de dos mil veintitrés, con excepción del

Fundamentos

considerando Décimo Quinto, que se elimina; modificándose además el considerando Décimo Séptimo, por el siguiente: Que al haber sido totalmente vencida la parte demandada y no haber tenido motivos plausible para litigar, atendido lo deficitario de su prueba, se le condenará en costas. Se tiene además, y en su lugar presente: 1°.- Se reproducen los fundamentos 16° a 20° del

Fallo

fallo de nulidad que antecede. 2°.- Que, los hechos invocados por el empleador no constituyen la causal de necesidades de la empresa, no encontrándose ellos comprendidos en la causal del artículo 161 del Código del Trabajo, por lo que no es posible sostenerse que el contrato de trabajo terminó por dicho motivo legal que autorice aplicar en su favor el artículo 13 de la Ley 19.728. 3°.- Que, es un hecho asentado en el considerando Séptimo número 3 de la sentencia del tribunal del juicio oral laboral –que se ha reproducido para estos efectos- que el monto descontado en su oportunidad por el empleador demandado en el finiquito, a título de imputación a AFC fue de $ 5.848.396. 4°.- Que, se mantendrán las demás prestaciones que ha otorgado el fallo anulado, que por no haber sido objeto del recurso de nulidad, en aquella parte que ha sido acogido, no han podido ser afectadas por la nulidad de la sentencia. Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 1 al 11, 73, 161, 162, 168, 172, 453, 454, 456 y 459 del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones interpuesta por Víctor Manuel Garrido Carrasco en contra de Abastecedora Del Comercio SpA, condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a).- Al pago del recargo legal del treinta por cientob(30%), por la suma de $8.420.942. en conformidad al artículo 168 letra a) del Código del Trabajo. b).- Al pago de la suma de $ 5.84

Texto Completo (Preview)

Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil veintitrés. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 477 del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Visto: Se reproduce la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, de fecha diez de febrero de dos mil veintitrés, con excepción del considerando Décimo Quinto, que se elimina; modificándos

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