SIN INFORMACION

GREGORIA MANZUETA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

18 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el defensor penal público penitenciario Mauricio de La Hoz Mardones para deducir recurso de amparo en favor de Gregoria Manzueta, en contra de la Comisión de Libertad Condicional que, en sesión realizada el 18 de octubre del año en curso, rechazó otorgarle el beneficio solicitado. Indica que su representada, se encuentra cumpliendo las condenas de 10 años y un día y 5 años y un día, en el C.E.T semiabierto, por los delitos de trata de personas y asociación ilícita, condenas impuestas por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. Agrega que la fecha de inicio de condena corresponde al 25 de mayo del 2011, el término de la misma el 28 de mayo de 2026 y el tiempo mínimo exigido para postular al beneficio se verificó el 28 de mayo de 2021. Refiere que la conducta de la interna ha sido calificada los últimos cuatro bimestres como muy buena, que cuenta con un informe psicosocial y que pese a cumplir con todos los requisitos para obtener el beneficio solicitado, éste le fue denegado ilegal e infundadamente. Pide que se acoja el presente recurso y se deje sin efecto la resolución pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional, decretando que se concede dicha libertad a su representada. Segundo: Que informa por la Comisión de Libertad Condicional, al tenor del recurso, su presidente, el ministro señor Edwin Danilo Quezada Rojas, quien expone que la referida comisión, habiendo oído la relación de los antecedentes acompañados a la postulación, y previo análisis y debate de éstos, rechazó la solicitud de libertad condicional de la recurrente fundando en que: “Analizados y ponderados los antecedentes que constan en la carpeta remitida por Gendarmería de Chile, se concluye que la interna, quien tiene un bajo compromiso delictual y riesgo de reincidencia bajo, presenta una pobre evolución en la conciencia del delito y del mal causado, externalizando su responsabilidad, contexto en el cual resulta nece

Fundamentos

considerando el resultado de la aplicación de escala de psicopatía abreviada, donde se consigna tendencia a superficialidad y falta de empatía, motivo por el cual se estima, por unanimidad, que no cumple los términos exigidos en el articulo 2 N° 3 del DL 321”. Añade que se procedió con arreglo a la normativa que rige el beneficio de libertad condicional, al haber resuelto de manera motivada y previo análisis de los antecedentes personales del postulante acompañados por Gendarmería de Chile bajo la óptica de los presupuestos del artículo 2 del DL 321, en particular, del número 3 de esta disposición, arribando a concluir que las exigencias de este precepto no resultaron satisfechas, circunstancia que no hacía posible el otorgamiento del beneficio pedido. Tercero: Que el formulario consolidado de postulación remitido por Gendarmería de Chile, consigna que la condenada, sesenta años y nacionalidad dominicana, cumple en el C.E.T semiabierto de Santiago la pena por el plazo y el delito indicado en el recurso. Agrega que mantiene un bajo compromiso delictual, una conducta calificada como muy buena en los últimos 4 bimestres, registra cuatro faltas al régimen penitenciario y actualmente cuenta con los beneficios intrapenitenciarios de salida dominical y salida de fin de semana. (Desde 2020) A su vez, el informe psicosocial indica que su proceso de desarrollo fue afectado en su infancia por la violencia ejercida por sus padres, no logrando finalizar estudios en su país de origen. Adiciona que se traslada a Chile desempeñándose laboralmente en los rubros de vestuario, alimento y peluquería, hasta la comisión de los delitos por los que fue condenada, reconociendo su participación, no obstante se centra en el daño personal y familiar que ocasionó. Indica que egresó favorablemente del programa de personas privadas de libertad manteniéndose en el C.E.T semi abierto desempeñándose en aseo industrial, asumiendo el rol de monitora y fortaleciendo sus hábitos y rutina ocupacional. Sostiene que su expectativa laboral es mantener el comercio de ropa en forma independiente para mantener el apoyo a su hijo quien se encuentra internado por consumo de alcohol. Su red familiar incluye a su hijo y cónyuge, éste último con disposición de apoyarla no obstante el largo tiempo de reclusión. Indica que recurrente terminó su proceso de intervención individual, debiendo focalizar el trabajo en el área laboral, por lo que sería beneficiosa su participación en programa de emprendimiento. Sugiere mantener acompañamiento en búsqueda de favorecer un reconocimiento de la transgresión de la norma y disminuir el riesgo de reincidencia. Añade que su estructura de personalidad tiende a la superficialidad, falta de empatía y sistema de atribuciones externos, lo que puede exponerla a un riesgo delictual. Concluye que usuaria ha cumplido con las exigencias de sus beneficios desarrollando habilidades de autorregulación, no obstante, ante la gravedad y connotación del delito, r

Texto Completo (Preview)

CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso el abogado señor Mauricio de la Hoz. San Miguel, 18 de diciembre de 2023. Diego Muñoz Gaete, Relator. (Hora de inicio 09:57 am. – Hora de término 10:03 am) San Miguel, dieciocho de diciembre de dos mil veintitrés. Al escrito de folio 91: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el defensor penal público

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