INVERSIONES TRIMMA SPA/PLAZA DEL TRÉBOL SPA
Rol
Fecha
15 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido que la materia a que alude el recurso se refiere a la existencia, ejecución, cumplimiento y efectos de un contrato, conforme al tenor de la cláusula octava del contrato de arrendamiento acompañado por el propio recurrente y al tenor del recurso, excediendo así los términos del recurso de protección, toda vez que para pronunciarse sobre aquello se requiere determinar las estipulaciones del contrato y de interpretar sus cláusulas, lo que solo puede llevarse a cabo mediante un litigio de lato conocimiento; y de conformidad con lo dispuesto en el N° 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Al segundo otrosí: A sus antecedentes. Al cuarto otrosí: Téngase presente. Regístrese y archívese. N°Protección-21389-2023.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Al segundo otrosí: A sus antecedentes. Al cuarto otrosí: Téngase presente. Regístrese y archívese. N°Protección-21389-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SYS/jcd Concepción, quince de diciembre de dos mil veintitrés. Al recurso folio 269638 (1): A lo principal, primer y tercer otrosí: Visto: Atendido que la materia a que alude el recurso se refiere a la existencia, ejecución, cumplimiento y efectos de un contrato, conforme al tenor de la cláusula octava del contrato de arrendamiento acompañado por el propio recurrente y al tenor
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