MINISTERIO PUBLICO C/ MULLER EUGENIO CASTILLO MANDIOLA
Rol
Fecha
15 de diciembre de 2023
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Teniendo presente que en la especie, el juez a quo decretó la prescripción de la pena de multa basado erróneamente, en normativa civil, en circunstancias que en autos, dicha multa corresponde a una pena conjunta a la temporal privativa de libertad de seis años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, la que corresponde a una de crimen, cuyo plazo de prescripción es de 10 años, tiempo que no ha transcurrido en autos
Fundamentos
considerando que el condenado lo fue por sentencia de tres de febrero de dos mil quince, y atendido el tenor de lo dispuesto en el artículo 98 del Código Penal, SE REVOCA la resolución de fecha veintiocho de noviembre del año en curso, en los autos RIT O-4219-2014, RUC 1400527680-3, del Juzgado de Garantía de esta ciudad y en su lugar
Fallo
se resuelve que la pena de multa del sentenciado Sebastián Alejandro González Barahona no se encuentra prescrita. Comuníquese por vía de interconexión. ROL N° 881-2023 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.
Texto Completo (Preview)
Corte de Apelaciones de Arica En Arica, quince de diciembre de dos mil veintitrés. Sala: Primera Sala Rol: 881-2023 Penal Ruc: 1400527680-3 RIT: 4219-2014 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministros, señora Claudia Arenas González, señor Reynaldo Oliva Lagos y el Abogado Integrante señor Carlos Farfan Soza. Relator (a): Julio Jáuregui Medina Digitador (a): Patricia Día
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica