SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA EL TANGUE LIMITADA/JEREZ
Rol
Fecha
15 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Humberto Carrasco Blanc, abogado en representación de Sociedad Agrícola y Ganadera El Tangue Limitada, ejecutado en causa sobre Juicio Ejecutivo, caratulados “Ingeveg SpA con Sociedad Agrícola y Ganadera El Tangue”, Rol C-406-2022, seguidos ante el 1° Juzgado de Letras de Ovalle, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 05 de septiembre de 2023, por la cual no se concedió el recurso de apelación subsidiario de reposición, ni recurso de apelación directo, interpuestos por su parte el en contra de resolución de 22 de agosto de 2023. Expone que a folio 104 del cuaderno principal, en lo principal se interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio y en el primer otrosí en subsidio se apeló derechamente, respecto de la resolución que ordenó citar a absolver posiciones a Tomas Cuevas Veliz como representante de la sociedad Agrícola y Ganadera El Tangue Limitada, una persona que a su juicio carece de facultades para tal efecto y que en la actualidad carece de la calidad de director como se explicará. Esta parte solicito que don Tomas Cuevas Veliz sea reemplazado, por el Gerente de la sociedad Agrícola y Ganadera El Tangue Limitada don Rubén Marcos Rojas Gallardo. El tribunal de primera instancia rechazo la reposición y declaró improcedente la apelación interpuesta en subsidio de la reposición, como también declaro improcedente la apelación directa subsidiaria del primer otrosí. En concreto la resolución objeto del recurso de hecho dispuso lo siguiente: “
Fallo
Por estas consideraciones. Se resuelve: I. Que no se hace lugar a la reposición interpuesta. II. En tanto el recurso de apelación en subsidio, no ha lugar por improcedente, ya que la resolución en cuestión es inapelable de conformidad a lo dispuesto en el art. 326 del Código de Procedimiento Civil. III. Que no se condena en costas a la parte demandada. Al primer otrosí: Atendido a lo dispuesto en el art. 326 del Código del Código de Procedimiento Civil, no ha lugar por improcedente. En cuanto a la apelación subsidiaria, estima que es procedente conforme lo dispone el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto se trata de un auto o decreto que altera la sustanciación regular de la causa y que no se aplica en este caso el artículo 326 del Código de Procedimiento Civil. Refiere que el artículo 326 ya citado e invocado por el tribunal de instancia para declarar improcedente la apelación subsidiaria no resulta aplicable a la especie, toda vez que no apeló de una resolución que dispuso la práctica de una diligencia probatoria. Al contrario, se impugnó a la persona del absolvente, solicitando el reemplazo por quien si es Gerente de la sociedad demandada. Entonces, la práctica de la diligencia probatoria absolución de posiciones no es objeto de apelación subsidiaria, sino que la persona que se cita a absolver posiciones. En el primer otrosí, en subsidio se interpuso apelación directa respecto de la resolución de 22 de agosto de 2023, dictada bajo el folio 101, pa
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Sociedad Agrícola y Ganadera El Tangue Limitada Primer Juzgado de Letras de Ovalle Recurso de Hecho Rol N°1407-2023.- La Serena, quince de diciembre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Humberto Carrasco Blanc, abogado en representación de Sociedad Agrícola y Ganadera El Tangue Limitada, ejecutado en causa sobre Juicio Ejecutivo, caratulados “Ingeveg SpA con Socied
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