CALDERÓN/ACCIONES URBANAS LTDA.
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo 4°, intitulado “Del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales” serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470, cuyo no es el caso, no pudiendo el presente recurso ser acogido a tramitación. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto el cinco de diciembre del presente a folio 123, en contra de la resolución dictada el veintinueve de noviembre de dos mil veintitrés que consta a folio 120. Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-4237-2023.
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto el cinco de diciembre del presente a folio 123, en contra de la resolución dictada el veintinueve de noviembre de dos mil veintitrés que consta a folio 120. Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-4237-2023.
Texto Completo (Preview)
kom C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo 4°, intitulado “Del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales” serán inapelables, salvo lo dispuesto en e
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