MORRAS/RATHGEBER
Rol
Fecha
15 de diciembre de 2023
Materia
POSESIÓN EFECTIVA
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido que las circunstancias expuestas por el recurrente en relación a la dilación en la tramitación de la solicitud de autos, en cuanto a las actuaciones efectuadas ante el Servicio de Impuestos Internos, siendo aquellas del todo necesarias para cumplir su encargo, considerándose aquel obstáculo por estas sentenciadoras como dificultades graves para que el albacea cumpla con su cometido, conforme a lo establecido en el artículo 1305 del Código Civil. Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo expuesto en estrados, la ponderación del impedimento alegado lleva a estas sentenciadoras a concluir que, si bien debe concederse la prórroga solicitada, se accederá, pero por un tiempo menor al requerido, como se dirá en lo resolutivo. Y visto lo dispuesto en los artículos 186, 226 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución del dieciséis de agosto de dos mil veintitrés, íntegramente transcrita en la carpeta digital, y en su lugar, se resuelve que se accede a la prórroga solicitada, por un plazo que no podrá exceder de seis meses. Acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Le Cerf, quien estuvo por confirmar la resolución recurrida, por sus propios fundamentos. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1413-2023 Civil.-
Fallo
por estas sentenciadoras como dificultades graves para que el albacea cumpla con su cometido, conforme a lo establecido en el artículo 1305 del Código Civil. Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo expuesto en estrados, la ponderación del impedimento alegado lleva a estas sentenciadoras a concluir que, si bien debe concederse la prórroga solicitada, se accederá, pero por un tiempo menor al requerido, como se dirá en lo resolutivo. Y visto lo dispuesto en los artículos 186, 226 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución del dieciséis de agosto de dos mil veintitrés, íntegramente transcrita en la carpeta digital, y en su lugar, se resuelve que se accede a la prórroga solicitada, por un plazo que no podrá exceder de seis meses. Acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Le Cerf, quien estuvo por confirmar la resolución recurrida, por sus propios fundamentos. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1413-2023 Civil.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, quince de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Atendido que las circunstancias expuestas por el recurrente en relación a la dilación en la tramitación de la solicitud de autos, en cuanto a las actuaciones efectuadas ante el Servicio de Impuestos Internos, siendo aquellas del todo necesarias para cumplir su encargo, considerándose aquel obstáculo por estas sentenciadoras como dificu
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