MUÑOZ/CORPORACION DE ASISTENCIA JUDICIALDE LA REGION DE VALPARAISO.- ACUMULA CAUSA ROL N° 1992-2023-A-, ROL 2614-2023-A-, ROL 3019-2023-A-.
Rol
Fecha
15 de diciembre de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que la medida de prohibición de celebrar actos y contratos se requiere respecto de un inmueble que no es objeto del juicio, por lo que resulta necesario para concederla, según lo dispuesto en el artículo 290 del Código de Procedimiento Civil, que las facultades de los demandados no ofrezcan garantía suficiente. Segundo: Que, en este juicio, son dos los demandados y uno de ellos es una institución del administración del estado, con patrimonio y presupuesto fiscal, de manera que no se advierte necesidad de asegurar el resultado de la acción ni peligro en la demora.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de once de mayo de dos mil veintitrés, dictada por el Cuarto Juzgado Civil de Valparaíso, en autos Rol C - 2.187 - 2020. Respecto de la apelación Rol IC 2614 – 2023: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo únicamente presente que, del examen de la demanda y contestación, como también de la resolución que recibió la causa a prueba, los documentos signados con los números 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 no resultan pertinentes y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de cuatro de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por el Cuarto Juzgado Civil de Valparaíso, en autos Rol C - 2.187 - 2020. Respecto de la apelación Rol IC 3019 – 2023: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo únicamente presente que, del tenor de las respuestas prestadas por quien absolvió posiciones en representación de la Corporación de Asistencia Judicial, no se advierte que haya intentado evadir o eludir las respuestas a las preguntas 13 y 15 del pliego respectivo, de manera que no se cumple el supuesto para tener por confesa a aquella parte y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 186 y 394 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución de diecisiete de octubre de dos mil veintitrés, dictada por el Cuarto Juzgado Civil de
Texto Completo (Preview)
Vim. C.A. de Valparaíso Valparaíso, quince de diciembre de dos mil veintitrés. Respecto de la apelación Rol IC 1538 – 2023: Visto y considerando: Primero: Que la medida de prohibición de celebrar actos y contratos se requiere respecto de un inmueble que no es objeto del juicio, por lo que resulta necesario para concederla, según lo dispuesto en el artículo 290 del Código de Procedimiento Civil, qu
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica