C/ NICOLAS ENRIQUE ALBORNOZ HERRERA
Rol
Fecha
15 de diciembre de 2023
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Examinados los antecedentes y por los
Fundamentos
fundamentos que constan en el audio respectivo, a juicio de esta Corte se está en presencia de lo previsto en el artículo 248 del Código Procesal Penal, que exige un estándar superior respecto de la necesidad de cautela, y si bien a juicio del a quo variaron las circunstancias que se tuvieron en cuenta al momento de decretar la medida cautelar, a juicio de esta Corte, éstas no han variado lo suficiente conforme a los estándares requeridos, en consecuencia, se revoca la resolución apelada de fecha catorce de diciembre del año en curso, dictada por el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago, que sustituyó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado Nicolás Enrique Albornoz Herrera y en su lugar se dispone que el imputado Albornoz Herrera, se mantiene sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese. Devuélvase la competencia. Ruc: 2201020745-6 Rit : 1-4320-2022 N°Penal-6385-2023. Resolución incluida en el estado diario del día de hoy.
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CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, quince de diciembre de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Rol Corte: Penal-6385-2023 Ruc: 2201020745-6 Rit : 1-4320-2022 Juzgado: 6° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Integrantes: Ministra señora Graciela Gómez Quitral, Ministra señora Verónica Sabaj Escudero y Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuedé Relator: Vicente Lecourt Digitadora (S): Cristina
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