JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

LUIS ALEXIS VALDIVIA TORREALBA C/ JOSELYN ALEJANDRA ARAYA VARELA

Rol

Fecha

14 de diciembre de 2023

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA V/C JES

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Hechos

Visto: Primero: Que, se ha deducido recurso de apelación por el Ministerio Público en contra de lo resuelto en audiencia de 20 de noviembre de 2023, oportunidad en que se decretó el sobreseimiento definitivo del imputado Miguel Ángel Cortes Álvarez, previamente formalizado por el delito de tráfico de pequeñas cantidades de droga, haciendo eco a las peticiones de la Defensa, estimando un error en lo decidido por el tribunal. Segundo: Que, la defensa sostuvo en estrados que la acusación del ente persecutor excedió con mucho los términos de la formalización, añadiendo no solo un concierto previo con la coimputada sino que además imputándole la calidad de autor en conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N° 3 del Código Penal. Tercero: Que, cabe tener presente que una alteración en los hechos, que signifique un aumento o variación de los mismos, en este caso, el añadido del “concierto previo con la imputada Joselyn Alejandra Araya Varela” y la imputación de autor del artículo 15 N° 3 del Código Penal, si no es comunicada durante la etapa de investigación a través de su formalización no puede ser incluida en la relación fáctica de la acusación, puesto que se estaría contraviniendo el principio de congruencia dispuesto en el artículo 259 inciso final del Código Procesal Penal, cuya justificación reside en el derecho de la defensa a conocer precisamente los hechos imputados al encausado. Cuarto: Que, en este escenario, debe realizarse una interpretación más favorable al imputado, además de considerar que los recursos del Estado para poner en marcha el aparato judicial y los ingentes gastos asociados a un juicio oral, no se justifica ante el yerro en la acusación que excede los términos de la formalización, que no fue objeto de reformalización oportuna, determinando desde ahora el destino del juicio. Por las anteriores consideraciones y normas legales SE CONFIRMA la resolución apelada de veinte de noviembre del año en curso dictada en la causa Rit 5108-2022, Ruc 2

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Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a catorce de diciembre de dos mil veintitrés. Sala: Segunda Sala Rol: 872-2023 Penal Ruc 2201033506-3 RIT: 5108-2022 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministros señora Juana Ríos Meza, Fiscal Judicial, señor Juan Manuel Escobar Salas y Abogado Integrante, señor Carlos Farfán Soza. Relator (a): Jaqueline Cofré García Digitador (a

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