JUZGADO DE GARANTIA DE VICTORIA

CARABINEROS VICTORIA C/ RUBEN GUILLERMO COLLILEN CANIGUAN

Rol

Fecha

14 de diciembre de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia,

Fundamentos

considerando esta Corte la prognosis de pena que enfrenta el imputado, que efectivamente ha demostrado ante el tribunal que modificó su domicilio a una distancia de 150 kilómetros de donde vive la ofendida y, además que cuenta con arraigo familiar, y estimando que con las medidas cautelares decretadas por la Jueza A Quo se salvaguardan debidamente los fines del procedimiento y la seguridad de la víctima y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 140 y 155 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de fecha once de diciembre de dos mil veintitrés, del Juzgado de Garantía de Victoria, Jueza Evelyn Zelaya Latham, que modificó y dejó sin efecto la prisión preventiva del imputado RUBEN GUILLERMO COLLILEN CANIGUAN y decretó en su reemplazo la medida cautelar de la letra a) del artículo 155, esto es, el arresto domiciliario total en el domicilio que se hizo referencia, y las dispuestas en el artículo 92 N° 1 y 6 de la Ley 19.968, esto es, la prohibición absoluta de acercarse a la víctima en su domicilio, estudio o lugar donde se encuentre y la prohibición de portar o tener armas de fuego. También este tribunal estima que, en su oportunidad, el Juzgado de Garantía deberá evaluar la factibilidad de efectuar un control telemático del imputado, de manera de poder asegurar la tranquilidad a la ofendida. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-1762-2023. (cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, catorce de diciembre de dos mil veintitrés. A los escritos folios 4 y 5 y, a lo principal y otrosí del escrito folio 6: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, considerando esta Corte la prognosis de pena que enfrenta el imputado, que efectivamente ha demostrado ante el tribunal que modificó su domic

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