SIN INFORMACION

DÍAZ / JUZGADO DE GARANTÍA DE ANTOFAGASTA

Rol

Fecha

14 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: Que en folio 1 comparece doña Dalet Monserrat Ramírez Tenorio, Defensora Penal Pública Penitenciaria en representación de doña Daniela Andrea Díaz Ávila, actualmente cumpliendo condena en el Complejo Penitenciario Femenino de Valparaíso, quien recurre de amparo en contra de la resolución de 4 de diciembre del año 2023, pronunciada en causa RUC 1600298947-K; Rit N°10307-2017 por la magistrada del Juzgado de Garantía de Antofagasta doña Claudia Campusano Reinik, por medio de la cual rechazó la petición formulada en orden a decretar la prescripción de la pena o en subsidio se otorgue la sustitución de la condena, por lo que estima dicha resolución afecta la libertad personal y seguridad individual de la encartada. Relata que la amparada fue condenada el 25 de abril del año 2016 a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, como autora del delito de hurto, en grado de desarrollo frustrado, reproche substituido por la pena de remisión condicional. Expresa que posteriormente, el 14 de noviembre del año en curso, se revocó la pena referida de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 de la ley 18.216, dando como fecha de inicio de condena el día 29 de noviembre de 2023 con fecha de término el 8 de enero de 2024. De esta manera, con fecha 3 de diciembre pasado se presentó una solicitud urgente para debatir la prescripción de la pena y en subsidio la sustitución de la condena, dado el estado de gravidez de la amparada, quien ya cuenta con 20 semanas de gestación y que de acuerdo al informe emitido el día 7 de diciembre por la Trabajadora Social del Complejo Penitenciario Femenino de Valparaiso, se encuentra en una situación altamente vulnerable que requiere un abordaje de corto plazo a fin de evitar el agravamiento, debiendo evaluarse la posibilidad de otorgar una medida distinta a la reclusión en el sistema cerrado. Agrega que a su petición, el tribunal recurrido en audiencia de 4 de diciembre del presente año rechazó la petición principal y subsidiar

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria, con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, frente a amenazas ilegales al ejercicio de dicha libertad y frente a privaciones, perturbaciones o amenazas a la seguridad individual, sin limitaciones y sin que importe el origen de tales atentados. Segundo: Que, el presente arbitrio se dirige en contra de la resolución de 4 de diciembre del año 2023, pronunciada en causa RUC 1600298947-K; Rit N°10307-2017 por la magistrada del Juzgado de Garantía de Antofagasta doña Claudia Campusano Reinik, por medio de la cual se rechazó la petición formulada por la defensa en orden a decretar la prescripción de la pena o en subsidio obtener una sustitución de la condena. Tercero: Que, de conformidad a la legislación penal vigente, la sanción impuesta a la amparada -41 días de prisión-, por el ilícito de hurto simple en grado de frustrado, constituye una pena de falta, debiendo estarse a la sanción que en concreto se ha impuesto a la amparada, por lo que para la aplicación de la prescripción de la pena se debe contabilizar en el plazo de 6 meses y no de 5 años como sería para el caso de una pena de simple delito, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Código Penal. Cuarto: Que, por todo lo anterior, configurándose una ilegalidad en la resolución de 4 de diciembre pasado, el presente recurso será acogido.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación del recurso de amparo, se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Daniela Díaz Ávila, contra el Juzgado de Garantía de Antofagasta y en consecuencia, se da inmediata orden de libertad a la amparada. Comuníquese de inmediato por la vía más expedita. Acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial señor Mario Fuentes Melo, quien fue de parecer de rechazar el presente arbitrio, por haberse dictado por tribunal competente en el uso de sus atribuciones legales; además, de obedecer a materias que deben ser discutidas conforme al artículo 37 de la ley 18.216. Regístrese, notifíquese, y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-2769-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de diciembre de dos mil veintitrés. Visto: Que en folio 1 comparece doña Dalet Monserrat Ramírez Tenorio, Defensora Penal Pública Penitenciaria en representación de doña Daniela Andrea Díaz Ávila, actualmente cumpliendo condena en el Complejo Penitenciario Femenino de Valparaíso, quien recurre de amparo en contra de la resolución de 4 de diciembre del año 202

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