3ER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

DE LA FUENTE/VIELMA

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2023

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 187, 189, 766, 768, 769, 770, 771, 776 y 778 del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles los recursos de casación en la forma y apelación deducidos por el abogado don Marco Antonio Salas Muñoz, en contra de la resolución de fecha ocho de noviembre de dos mil veintitrés, escrita a folio 9 en el cuaderno de cumplimiento incidental, el recurso de casación en la forma por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida y el recurso de apelación por extemporáneo. Devuélvase. N°Civil-2111-2023.(pjr)

Fallo

se declaran inadmisibles los recursos de casación en la forma y apelación deducidos por el abogado don Marco Antonio Salas Muñoz, en contra de la resolución de fecha ocho de noviembre de dos mil veintitrés, escrita a folio 9 en el cuaderno de cumplimiento incidental, el recurso de casación en la forma por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida y el recurso de apelación por extemporáneo. Devuélvase. N°Civil-2111-2023.(pjr)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, diecinueve de diciembre de dos mil veintitrés. Al cuarto otrosí del escrito folio 5: Estese al mérito de lo que se resolverá. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 187, 189, 766, 768, 769, 770, 771, 776 y 778 del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles los recursos de casación en la forma y apelación deducidos por el

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica