SIN INFORMACION

CASTAÑEDA / DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIÓN DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

13 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Leonela Castañeda Cuervo, colombiana, mayor de edad, en contra de la Delegación Presidencial de la Región de Valparaíso, por haber decretado la expulsión del país de la amparada, en Resolución Exenta N° 4.086 de fecha 13 de septiembre de 2021, la que pide sea dejada sin efecto, vulnerando su derecho a libertad personal consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la Republica. Indica que al momento de interposición del recurso la amparada se encontraba detenida en las dependencias de la Policía de Investigaciones de Viña del Mar, a la espera de ser expulsada el día siguiente. Relata que la amparada arrancado de un grupo de extorsionadores de Colombia, ingresó por paso no habilitado en la frontera de Chile y Perú en el mes de enero del año 2021, luego que se le negara la entrada a Chile por parte de los funcionarios de Policía de Investigaciones de Chile de la sección de Migración, aduciendo, que por pandemia las fronteras se encontraban cerradas. En ese mismo momento solicitó Refugio en Frontera el que fue negado por los funcionarios de Policía de Investigaciones. Indica que acudió a PDI de Viña Del Mar y efectuó una autodenuncia y dando cuenta de su ingreso por paso no habilitado al país, oportunidad en la cual se le informó que debía concurrir quincenalmente a firmar como medida de control. En la actualidad trabaja, vive con su pareja y el padre de su hijo de 7 años de edad, que ingresó a Chile hace 2 semanas por pasos no habilitados. Agrega que no cuenta con antecedentes penales en su país de origen ni ha sido detenida en Chile por algún tipo de delito. Pide se deje sin efecto el decreto de expulsión. Acompaña documentos al recurso. A folio 5 informa la Delegación Presidencial del Valparaíso, quien indica que el órgano competente para informar sobre el objeto del juicio, es el Servicio Nacional de Migraciones. A folio 8 informa la Policía de Investigaciones de Chile, Prefectura de

Fundamentos

considerando: Primero: Que el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y a la seguridad individual, establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que el asunto que se trae por la recurrente a conocimiento de esta Corte, y que se estima como atentatorio de la garantía constitucional de la libertad individual, es la dictación de la Resolución Exenta N° 4.086 de fecha 13 de septiembre de 2021, que ordenó la expulsión de la amparada del territorio nacional. Tercero: Que, la resolución impugnada fue dictada a la luz de la antigua ley de extranjería, esto es, Decreto Ley N° 1.094, que establecía como delito el ingreso clandestino al territorio nacional y, luego de cumplirse la pena impuesta por dicho ilícito, se decretaba la expulsión; sin embargo, la mentada normativa no resulta aplicable al día de hoy, toda vez que se encuentra vigente la nueva Ley de extranjería N° 21325, y por tratarse de una normativa más favorable al extranjero, se debe preferir su aplicación, interpretación que se extrae de lo previsto en los artículos 9° y 12 del cuerpo legal citado. De conformidad con lo anterior, debe analizarse si, a la luz de los nuevos postulados de la legislación de extranjería, procede la expulsión de la amparada. Cuarto: Que, el artículo 129 de la Ley N° 21.325 expresa una serie de criterios o factores que el Servicio Nacional de Extranjería debe analizar, en forma previa a decretar la medida de expulsión. En el caso de autos, la amparada ha dado cuenta que vive en el país con su pareja y padre de su hijo, no ha sido detenida en Chile por algún tipo de delito, paga impuestos por lo que se trata de una persona con contribución positiva a la sociedad chilena, elementos que, de haber sido ponderados, habrían conducido a no disponer la expulsión de la recurrente. Se afecta, en consecuencia, la libertad personal de la actora, consagrada en la letra b) del N° 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que dispone que nadie puede ser privado de su libertad ni ésta restringida sino en los casos y en la forma determinados por la Constitución y las leyes, motivo por el cual se acogerá el recurso, como se dirá.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, la acción de amparo deducida a favor de doña Leonela Castañeda Cuervo y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 4.086 de fecha 13 de septiembre de 2021 emanada de la Delegación Presidencial de la Región de Valparaíso, que dispuso la expulsión del territorio nacional de la actora, como también la medida de control de firma a la que se encuentra sujeta. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N° Amparo-2757-2023.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, trece de diciembre de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Leonela Castañeda Cuervo, colombiana, mayor de edad, en contra de la Delegación Presidencial de la Región de Valparaíso, por haber decretado la expulsión del país de la amparada, en Resolución Exenta N° 4.086 de fecha 13 de septiembre de 2021, la que pide sea

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