SIN INFORMACION

CASTRO GARCIA ANTHONY ERICK/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

13 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, recurrió de amparo constitucional Ricardo González Ciudad, abogado, en favor de los intereses de Anthony Erick Castro Garcia, recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional -correspondiente al segundo semestre del año 2023- sin ajustarse a la normativa regulada para el caso, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Indicó que la decisión de la Comisión no se ajustó a derecho, por cuanto el amparado cumple a cabalidad con todos los requisitos objetivos exigidos por el artículo 2 y 3 del Decreto Ley Nº 321 y artículo 14 del Decreto Supremo 2442. Explicó que actualmente el amparado cumple la pena de 7 años de presidio mayor en su grado máximo, por el delito de robo con intimidación, impuesta en causa RUC 1701089438-7, del 3° Juzgado de Garantía de Santiago y de 41 días, por el delito de manejo en estado de ebriedad, impuesta en causa RUC 1501216898-2, del 2° Juzgado de Garantía de Santiago. De acuerdo con la información entregada por Gendarmería de Chile, registra como fecha de inicio de condena el día 29/03/2018, estimándose como fecha de término el 05/08/2024, con 34 días de abono. Además, goza de 8 meses de reducción de condena, al tenor de la ley n° 19.856, lo que se traduce en 3 años consecutivos de conducta sobresaliente. Cumplió el tiempo mínimo para postular a la Libertad de Condicional el día 22/11/2022 y registra muy buena conducta los últimos 9 bimestres. En cuanto al informe sicosocial evacuado por Gendarmería de Chile da cuenta de elementos que deben considerarse como un avance en su proceso de reinserción. Así, este informe expone que el amparado goza del permiso de salida dominical, desde hace 6 meses, sin incumpl

Fundamentos

fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por rechazar la libertad condicional del amparado, tienen relación con que, si bien el condenado cumple con los presupuestos formales para postular al beneficio, claramente existen factores de riesgo de reincidencia que demuestran escasas posibilidades de reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por acreditados avances significativos en su proceso de reinserción social, índice relevante para considerar el principio de progresión y adaptación al medio libre. Séptimo: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones- conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley 321, modificado por la Ley N°21.124, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. Octavo: Que de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Anthony Erick Castro García y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese si no se apelare. N° Amparo- 2979-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de diciembre de dos mil veintitrés. Al folio 6; téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que, recurrió de amparo constitucional Ricardo González Ciudad, abogado, en favor de los intereses de Anthony Erick Castro Garcia, recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelacion

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