C/ ROBINSON ENRIQUE RAMIREZ VILLAGRAN
Rol
Fecha
13 de diciembre de 2023
Materia
USURPACION DE NOMBRE.ART. 214.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1.- Que desde el inicio de la investigación, el imputado se ha presentado a todos los actos del procedimiento, voluntariamente, ya para la realización de la audiencia de formalización, ya para el cumplimiento de la prisión preventiva, situación esta última que constituye un antecedente nuevo, no ponderado por esta Corte. Tal actitud del imputado, da cuenta, de su voluntad de no sustraerse de la acción de la justicia, lo que impide afirmar a su respecto, un peligro de fuga. 2.- Que, lo anterior, unido a la data de los hechos materia de la formalización, lo extenso de la investigación, así como la exepcionalidad de la prisión preventiva, permiten concluir que los fines del procedimiento, se satisfacen suficientemente, con otras medidas cautelares de menor intensidad. Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de cuatro de diciembre del año en curso, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Ramírez Villagrán y en su lugar se decide que se sustituye por la de arresto domiciliario total, y la de arraigo nacional. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-694-2023.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de cuatro de diciembre del año en curso, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Ramírez Villagrán y en su lugar se decide que se sustituye por la de arresto domiciliario total, y la de arraigo nacional. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-694-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Chillán, trece de diciembre de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1.- Que desde el inicio de la investigación, el imputado se ha presentado a todos los actos del procedimiento, voluntariamente, ya para la realización de la audiencia de formalización, ya para el cumplimiento de la prisión preventiva, situación esta última que constituye un antecedente nuevo, no ponderad
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