CAICEDO/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA
Rol
Fecha
13 de diciembre de 2023
Materia
PRESTACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Por sentencia de quince de junio de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-1314-2022, se acogió parcialmente la denuncia de tutela, declarando que la demandada incurrió en acoso laboral y condenando a esa parte al pago de ocho remuneraciones como indemnización del artículo 489 del Código del Trabajo y a pagar las diferencias por indemnización sustitutiva del aviso previo y por años de servicio, recargo legal sobre esta última indemnización y pago de diferencias por feriados. Contra este fallo recurrieron de nulidad ambas partes. La parte denunciada funda su recurso en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, es decir, por infracción a las reglas de la sana crítica al apreciar la prueba. Solicita que se acoja el recurso, se anule la sentencia recurrida y se dicte sentencia de reemplazo por medio de la cual se rechace la demanda interpuesta por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, en todas sus partes. A su vez, la parte denunciante funda su recurso en dos causales que deduce de modo subsidiario. En primer lugar, invoca la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, es decir, por infracción a las reglas de la sana crítica al apreciar la prueba. En subsidio, deduce la causal del artículo 478 letra e) del mismo cuerpo legal, por dictarse decisiones contradictorias. Solicita que se acojan las causales invocadas, se invalide la sentencia y se dicte sentencia de reemplazo que acceda a la demanda en todas sus partes. Declarados admisibles los recursos, se procedió a su conocimiento en la audiencia del día veintidós de noviembre último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.
Fundamentos
CONSIDERANDO: I. En cuanto al recurso de la parte denunciada. PRIMERO: La parte denunciada funda su recurso únicamente en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, es decir, por infracción a las reglas de la sana crítica al apreciar la prueba, infracción que se cometería en los considerandos sexto y séptimo del fallo, los que cita. Señala que el juez, basándose en la enumeración de las funciones del actor que constaba en el contrato a modo meramente ejemplar y el tenor de dos correos electrónicos, estableció que hubo una disminución de funciones; pero, olvidando que la propia demandante reconoce que algunas funciones le fueron retiradas por el Cónsul anterior, lo que juzga ilógico a la luz del reclamo de la disminución de funciones, pues dicha disminución fue aceptada por ella. Expresa que el
Fallo
fallo recurrieron de nulidad ambas partes. La parte denunciada funda su recurso en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, es decir, por infracción a las reglas de la sana crítica al apreciar la prueba. Solicita que se acoja el recurso, se anule la sentencia recurrida y se dicte sentencia de reemplazo por medio de la cual se rechace la demanda interpuesta por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, en todas sus partes. A su vez, la parte denunciante funda su recurso en dos causales que deduce de modo subsidiario. En primer lugar, invoca la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, es decir, por infracción a las reglas de la sana crítica al apreciar la prueba. En subsidio, deduce la causal del artículo 478 letra e) del mismo cuerpo legal, por dictarse decisiones contradictorias. Solicita que se acojan las causales invocadas, se invalide la sentencia y se dicte sentencia de reemplazo que acceda a la demanda en todas sus partes. Declarados admisibles los recursos, se procedió a su conocimiento en la audiencia del día veintidós de noviembre último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. CONSIDERANDO: I. En cuanto al recurso de la parte denunciada. PRIMERO: La parte denunciada funda su recurso únicamente en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, es decir, por infracción a las reglas de la sana crítica al apreciar la prueba, infracción que se cometería en los considerandos sexto y s
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1 Santiago, trece de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Por sentencia de quince de junio de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-1314-2022, se acogió parcialmente la denuncia de tutela, declarando que la demandada incurrió en acoso laboral y condenando a esa parte al pago de ocho remuneraciones como indemnización del artícu
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