FELIPE ALEJANDRO SANHUEZA POZO/GENDARMERIA DE CHILE CDP DE PUENTE ALTO
Rol
Fecha
13 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 30 de noviembre de 2023, comparece Luisa Pozo Lizana, dueña de casa, para interponer recurso de amparo en favor de su hijo, Felipe Alejandro Sanhueza Pozo, en contra de Gendarmería de Chile (CDP Puente Alto), señalando que aquél es interno del C.D.P. Puente Alto, solicitando que no sea trasladado desde la torre 1 donde dice que se encuentra haciendo conducta, ya que por una riña habría sido castigado y sería trasladado fuera de Santiago. Solicita la mantención de su hijo en el recinto donde se encuentra, agregando que ella y su familia no tienen los medios para viajar e ir a verlo si es que lo trasladan. Segundo: Que informa al tenor del recurso Valeria Rebeca Orrego Caro, abogada de la Oficina Asistencia Jurídica Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, señalando que por Parte Interno N°2307 de fecha 17 de noviembre de 2023 se dio cuenta de una riña generalizada en el dormitorio N°4 de la Torre N°1, lugar donde el interno Felipe Sanhueza Pozo fue sorprendido provisto de arma artesanal (estoque), intentando agredir a personal de Gendarmería sin lograr su objetivo, incentivando al resto de los internos a ocasionar desórdenes, debiendo utilizar el personal elementos disuasivos y uso proporcional y racional de la fuerza para controlar la situación, derivando entonces a los partícipes, entre ellos el amparado, a enfermería donde se constató que no tenía lesiones físicas. Agrega que una vez en la celda de contención interna el interno junto a otros vociferan insultos hacia el personal de servicio negándose a prestar cualquier tipo de declaración, determinándose su derivación a celda de aislamiento preventivo por 24 horas, tras infringir el artículo 78 letras b), c), h, k); artículo 79 a), b), c), j), del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios. Señala que al día siguiente los internos, entre ellos el amparado, fueron trasladados a la Torre N°5, Sección Tránsito, y solicitando a la Autoridad Regional Metro
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por Luisa Pozo Lizana, en favor de Felipe Alejandro Sanhueza Pozo. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 873-2023 Amparo.-
Texto Completo (Preview)
San Miguel, trece de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 30 de noviembre de 2023, comparece Luisa Pozo Lizana, dueña de casa, para interponer recurso de amparo en favor de su hijo, Felipe Alejandro Sanhueza Pozo, en contra de Gendarmería de Chile (CDP Puente Alto), señalando que aquél es interno del C.D.P. Puente Alto, solicitando que no sea trasladado de
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