SIN INFORMACION

OMAR FRELIS ROBLEDO VILLALOBOS/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL LA SERENA, 2° SEMESTRE 2023

Rol

Fecha

12 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece don Gabriel Calderón Lewin, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado OMAR FRELIS ROBLEDO VILLALOBOS, cédula nacional de identidad Nº12.424.498-6, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°1000-2023, de 13 de octubre de 2023, por la cual se rechaza la postulación del amparado a la libertad condicional. Expone que, el amparado cumple actualmente una pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, teniendo como fecha de término de la condena el 03 de febrero de 2027, cumpliendo con el tiempo mínimo para optar al beneficio de libertad condicional, así como registrar conducta muy buena en los últimos cuatro bimestres. Señala que la decisión adoptada constituye una transgresión legal, ya que contradice las disposiciones establecidas en el Decreto Ley N°321 y sus modificaciones posteriores, así como en el Decreto Supremo 338 que regula el Reglamento de Libertad Condicional, constituyendo, además, un acto arbitrario, pues se funda en exigencias no contempladas en la ley o en requisitos superiores. Asimismo, señala que no basta con resaltar los aspectos negativos del condenado y en base a ello rechazar la postulación, sino que debe fundar adecuadamente porque esos aspectos llevan a inclinarse a que deba cumplir el saldo de pena privado de libertad y no bajo la modalidad de libertad condicional. Cita los términos de la resolución recurrida y refiere cuales serían los argumentos en favor de su representado, indicando el tiempo que ha mantenido una conducta ejemplar, destacando que no registra falta o sanción desde diciembre de 2020, además, destaca su participación en la cocina de la unidad penal, su aprobación en talleres de lectura y participación en eventos culturales y deportivos. Agrega que mantiene un sólido apoyo familiar en el medio libre. Afirma que, el amparado expresa un profundo arr

Fundamentos

motivos: - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un mediano riesgo de reincidencia y riesgo medio de violencia sexual. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia de la gravedad del delito. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del mal causado. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos. Todos estos motivos permiten sostener que “compartiendo esta Comisión lo señalado en el informe psicosocial elaborado por el equipo técnico de Gendarmería, que señala que el interno continúe su proceso de intervención en el sistema cerrado, toda vez que se relaciona a través de la mentira, intentando manipular a terceros para beneficio propio, careciendo de culpa y remordimiento, minimizando su actuar. Posee actitud pro criminal y patrón anti social, sospecha de rasgos psicopáticos, deficiente resolución de conflictos, actividad sexual inapropiada, intimidante y controlador…”. Estimo que la resolución recurrida se encuentra fundada, en ella se describen los argumentos que no darían pie a conceder el beneficio solicitado a la luz del Decreto Ley N°321 y sus modificaciones posteriores, ésta emana de autoridad competente en el ejercicio de sus funciones, motivos por los cuales, en representación de la mentada entidad, solicito el rechazo del presente recurso de amparo.” TERCERO: Que, de conformidad con el artículo 21 de la Constitución Política de la República, el recurso de amparo puede ser deducido a favor de toda persona que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, a fin de que se guarden las formalidades legales y se adopte de inmediato las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. El mismo recurso, y en igual forma, podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. CUARTO: Que, corresponde a estos sentenciadores determinar, particularmente, si el amparado satisface el requisito del artículo 2 N°3 del Decreto Ley N°321, lo que importa realizar una prognosis sobre la reinserción social del condenado. De conformidad a la norma, el informe de postulación realizado por el equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile sienta un criterio orientador en relación con esta labor de prognosis. QUINTO: Que, revisados los antecedentes a que tuvo acceso la Comisión de Libertad Condicional, se aprecia que el informe de Gendarmería de Chile da cuenta de elementos que permiten establecer la existencia

Fallo

por tanto, se acoja el recurso de amparo interpuesto, dejando sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional a su representado, decretando que se le concede dicho beneficio de manera inmediata. Acompaña: 1. Informe Social, elaborado por profesional de la Defensoría Penal Pública, Respecto de Libertad Condicional del usuario Omar Frelis Robledo Villalobos. SEGUNDO: Que, a folio 3, evacuó informe, en su calidad de Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, don Felipe Pulgar Bravo, quien indica lo siguiente: “La comisión que presido se reunió con fecha 13 de octubre del presente año y, en esa instancia, se acordó rechazar la solicitud formulada por OMAR FRELIS ROBLEDO VILLALOBOS, cédula de identidad N° 12.424.498-6, por los siguientes motivos: - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un mediano riesgo de reincidencia y riesgo medio de violencia sexual. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia de la gravedad del delito. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del mal causado. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos. Todos estos motivos permiten sos

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Robledo Villalobos, Omar Frelis Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N°525-2023.- La Serena, doce de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece don Gabriel Calderón Lewin, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado OMAR FRELIS ROBLEDO VILLALOBOS, cédula nacional de identidad Nº12.424.498-6, en

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