GARRIOS/SERVICIO SALUD ARAUCANÍA SUR
Rol
Fecha
18 de diciembre de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Farid Pacheco Romero, en contra de la resolución de fecha treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, escrita a folio 34 en el cuaderno principal, por improcedente atendida su forma de interposición y la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Civil-2049-2023.(pjr)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Farid Pacheco Romero, en contra de la resolución de fecha treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, escrita a folio 34 en el cuaderno principal, por improcedente atendida su forma de interposición y la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Civil-2049-2023.(pjr)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, dieciocho de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Farid Pacheco Romero, en contra de la resolución de fecha treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, escrita a fol
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica