SIN INFORMACION

RAUL FUENTES HERNANDEZ (IVAN GONZALEZ NAVARRETE) CON TESORERIA PROVINCIAL DEL MAIPO

Rol

Fecha

12 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Iván González Navarrete, en representación del demandado don Raúl Enrique Fuentes Hernández, en los autos administrativos sobre cobro de obligaciones tributarias de dinero seguidos ante la Tesorería Provincial del Maipo, ROL 519-2007, interpone recurso de hecho en contra de la resolución emitida por Tesorera Provincial María Brito Rodríguez en su calidad de juez sustanciador, de 12 de julio de 2023, que denegó el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de 27 de marzo del mismo año, que rechazó su solicitud de abandono del procedimiento atendida la inactividad del Servicio de Tesorería por un término superior a los 3 años. Explica que la procedencia del recurso de apelación en los procedimientos administrativos de cobro de obligaciones tributarias de dinero, se justifica en los artículos 168 y siguientes del Código Tributario, y por otro lado, el actuar de la Tesorera como Juez Sustanciador, no tiene el carácter de administrativo, sino que judicial y, en consecuencia, deben aplicarse las normas supletorias para el procedimiento ejecutivo de cobro de obligaciones tributarias, las que contemplan la apelación respecto de las sentencias interlocutorias, como aquella que resuelve un incidente de abandono del procedimiento. Por lo anterior, el indicado recurso de apelación debe ser declarado admisible y concederse. Segundo: Que, informando la abogada del Servicio de Tesorerías Rommy Roa Araya, explica que en lo autos administrativos ROL 519-2007, el contribuyente moroso señor Raúl Enrique Fuentes Hernández dedujo incidente de abandono del procedimiento que fue rechazado mediante resolución de fecha 27 de marzo de 2023, en contra de la que se apeló. Sin embargo, el recurso fue denegado de conformidad al artículo 190 del Código Tributario, por cuanto aquel no procede en la etapa administrativa del juicio ejecutivo especial de cobro. Agrega que los artículos 182 y 191 del Código Tributario disponen ex

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 2 del Código Tributario y artículos 187 y 203 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido por el abogado Iván González Navarrete, en contra de la resolución de 12 de julio de 2023, dictada por María Brito Rodríguez, Juez Sustanciador y Tesorera Provincial del Maipo, en autos Rol N°519- 2007, en consecuencia, se concede en el solo efecto devolutivo el recurso de apelación deducido por dicha parte, debiéndose elevar los antecedentes para su conocimiento y resolución. Comuníquese lo resuelto. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°48-2023 Tributario (Hecho)

Texto Completo (Preview)

San Miguel, doce de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Iván González Navarrete, en representación del demandado don Raúl Enrique Fuentes Hernández, en los autos administrativos sobre cobro de obligaciones tributarias de dinero seguidos ante la Tesorería Provincial del Maipo, ROL 519-2007, interpone recurso de hecho en contra de la resolución emiti

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