2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

GARCIA NADAL COMPAÑIA SERVICIOS LEGALES LIMITADA CON INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO

Rol

Fecha

12 de diciembre de 2023

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Por sentencia de treinta y uno de enero de dos mil veintitrés, dictada por la jueza Marcela Solar Catalán del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT I-468-2022, sustanciados bajo las reglas del procedimiento monitorio, iniciado por reclamo de multa administrativa en razón de los artículos 503 y siguientes del Código del Trabajo, interpuesto por García Nadal Compañía Servicios Legales Ltda. en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago, se rechazó el reclamo declarándose que la resolución de multa N°4175/22/64 de 29 de noviembre de 2022, se encuentra pronunciada conforme a derecho, con costas reguladas en la suma de $150.000.- Contra ese fallo, recurrió de nulidad la parte reclamante por la causal establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley. Solicita que se declare la nulidad del fallo impugnado y se dicte sentencia de reemplazo, acogiendo totalmente el reclamo judicial de multa dejando sin efecto la respectiva resolución de multa, con costas. En subsidio, solicita ser eximida del pago de las costas. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del día veintisiete de noviembre último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte reclamante funda su recurso en la causal de nulidad establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo en la hipótesis de infracción de ley en relación con los artículos 6, 7 y 19 N° 3 incisos 7° y 8°, todos de la Constitución Política de la República de Chile y, a su vez, con el artículo 2° de la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y con el inciso primero del artículo 28 del Decreto Supremo N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud y, con el artículo 20 del Código Civil. Al efecto, señala que el vicio denunciado se produjo en el considerando tercero del

Fallo

fallo impugnado y se dicte sentencia de reemplazo, acogiendo totalmente el reclamo judicial de multa dejando sin efecto la respectiva resolución de multa, con costas. En subsidio, solicita ser eximida del pago de las costas. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del día veintisiete de noviembre último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte reclamante funda su recurso en la causal de nulidad establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo en la hipótesis de infracción de ley en relación con los artículos 6, 7 y 19 N° 3 incisos 7° y 8°, todos de la Constitución Política de la República de Chile y, a su vez, con el artículo 2° de la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y con el inciso primero del artículo 28 del Decreto Supremo N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud y, con el artículo 20 del Código Civil. Al efecto, señala que el vicio denunciado se produjo en el considerando tercero del fallo impugnado, no obstante cita su considerando sexto. Asimismo, precisa que respecto de las normas de la Constitución Política y de la Ley N° 18.575 alega su falta de aplicación y, que en el caso del Decreto Supremo, antes citado, esgrime una aplicación indebida. A continuación, como parte de los antecedentes de la causa, refiere que aparece a la vista una evidente contradicción en la sentencia respecto del punto planteado por su

Texto Completo (Preview)

9 Santiago, doce de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Por sentencia de treinta y uno de enero de dos mil veintitrés, dictada por la jueza Marcela Solar Catalán del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT I-468-2022, sustanciados bajo las reglas del procedimiento monitorio, iniciado por reclamo de multa administrativa en razón de los artículos 503 y siguientes de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica