ANONIMIZADO
Rol
Fecha
18 de diciembre de 2023
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Arnoldo Escobar Leal, en contra de la resolución de fecha veintidós de noviembre de dos mil veintitrés, escrita a folio 40 en el expediente digital, por improcedente. Devuélvase. N°Familia-801-2023.(pjr)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Arnoldo Escobar Leal, en contra de la resolución de fecha veintidós de noviembre de dos mil veintitrés, escrita a folio 40 en el expediente digital, por improcedente. Devuélvase. N°Familia-801-2023.(pjr)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, dieciocho de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Arnoldo Escobar Leal, en contra de la resolución de fecha veintidós de noviembre de dos mil veintitrés, escrita a folio 40 en el expedien
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