BAKSAI/COMUNIDAD CITA CHILE
Rol
C-175-2021
Fecha
26 de septiembre de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: 1.- Que don Marcel Jean Cugniet Riveros, con fecha 20 de septiembre de 2022, efectuó una presentación interponiendo recurso de nulidad de todo lo obrado en autos hasta el día 27 de junio de 2022, argumentando que, desde el 23 de junio de 2021, no es el representante legal de la demandada principal de autos (COMUNIDAD CITA CHILE), y que su domicilio se encuentra ubicado en calle Vicuña Mackenna 7287, comuna de la Florida. Agregó que “no debemos olvidar que el representante legal de una persona jurídica no necesariamente es el responsable de las obligaciones de la persona sin fines de lucro que representa, pues la representación no es sinónimo de responsabilidad solidaria” (sic). Afirmó además, que la resolución de fecha 25 de agosto del presente, que ordena el embargo de dineros depositados en la o las cuentas bancarias del ejecutado solidario, don Marcel Jean Cugniet Rivero, es nula, pues en su opinión, atenta contra la normativa de la ley General de Bancos que indica. 2.- Que para determinar la procedencia de la nulidad de todo lo obrado alegada por el demandado solidario, don Marcel Jean Cugniet Riveros, cabe recordar lo acontecido en los autos RIT O.583-2021, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, en los cuales consta lo siguiente: i.- Con fecha 30 de julio de 2021, don Francisco Jose Baksai Guzmán, interpuso demandada en procedimiento de aplicación general declarativo de unidad económica, en contra de don MARCEL JEAN CUGNIET RIVEROS, y de la COMUNIDAD CITA CHILE, representada legalmente por don MARCEL JEAN CUGNIET RIVEROS. ii.- Dicha demanda fue notificada a don Marcel Jean Cugniet Riveros, por un funcionario del Centro de Notificaciones, en el domicilio de calle MARIA AUXILIADORA Nº879, San Miguel. La actuación que da cuenta de esta notificación refiere lo siguiente: Verificado que el requerido (persona natural) vive/trabaja ahí y se encuentra en el lugar del juicio, conforme a lo establecido en el Art. 437 inc. 1° del Código del Trabajo, e
Fallo
se resuelve derechamente la presentación de fecha 20 de septiembre de 2022. A lo principal: Vistos: 1.- Que don Marcel Jean Cugniet Riveros, con fecha 20 de septiembre de 2022, efectuó una presentación interponiendo recurso de nulidad de todo lo obrado en autos hasta el día 27 de junio de 2022, argumentando que, desde el 23 de junio de 2021, no es el representante legal de la demandada principal de autos (COMUNIDAD CITA CHILE), y que su domicilio se encuentra ubicado en calle Vicuña Mackenna 7287, comuna de la Florida. Agregó que “no debemos olvidar que el representante legal de una persona jurídica no necesariamente es el responsable de las obligaciones de la persona sin fines de lucro que representa, pues la representación no es sinónimo de responsabilidad solidaria” (sic). Afirmó además, que la resolución de fecha 25 de agosto del presente, que ordena el embargo de dineros depositados en la o las cuentas bancarias del ejecutado solidario, don Marcel Jean Cugniet Rivero, es nula, pues en su opinión, atenta contra la normativa de la ley General de Bancos que indica. 2.- Que para determinar la procedencia de la nulidad de todo lo obrado alegada por el demandado solidario, don Marcel Jean Cugniet Riveros, cabe recordar lo acontecido en los autos RIT O.583-2021, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, en los cuales consta lo siguiente: i.- Con fecha 30 de julio de 2021, don Francisco Jose Baksai Guzmán, interpuso demandada en procedimiento de aplicación general decla
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ero San Miguel, veintiséis de septiembre de dos mil veintidós. Atendido lo obrado en autos, se resuelve derechamente la presentación de fecha 20 de septiembre de 2022. A lo principal: Vistos: 1.- Que don Marcel Jean Cugniet Riveros, con fecha 20 de septiembre de 2022, efectuó una presentación interponiendo recurso de nulidad de todo lo obrado en autos hasta el día 27 de junio de 2022, argumentand
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