SIN INFORMACION

ANA MACARENA VILLAGRÁN SEPÚLVEDA/ SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL (ACUMULADA ROL 18645-2023 Y 18646-2023; VISTA CONJ ROL 19084-2023)

Rol

Fecha

12 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: En estos autos Rol N°18.644-2023 y acumuladas 18.645-2023 y 18.646-2023 del Libro Protección de esta Corte de Apelaciones, compareció Ana Macarena Villagrán Sepúlveda, e interpuso recurso de protección de garantías constitucionales en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, respecto de los procedimientos administrativos tramitados ante dicha institución estatal, los cuales concluyeron con la dictación de las Resoluciones Exentas N° R-01-UME-119772-2023; R-01-UME-119771-2023, R-01-UME-119770-2023, dictadas todas el día 9 de septiembre de 2023, por la Unidad Médica de esa Superintendencia, que resolvió que procede hacer lugar a los recursos de reclamación deducidos por la ISAPRE Colmena Golden Cross S.A., modificándose por ende lo obrado por la COMPIN respectiva. Señaló, en síntesis, que el 20 de enero de 2023, tuvo cita con el médico inmunólogo pediátrico Oscar Venegas, a fin de entregarle los exámenes y les comentara los resultados. Le diagnosticaron a su hija de cinco meses en ese entonces “Inmunodeficiencia primaria - Deficiencia de anticuerpos Inmunoglobulina igA secretora (COD.D80.2.)”. Agrega que el referido médico les comentó en qué consistía el diagnóstico, señalando que, consiste en tener infecciones más frecuentes, más duraderas o más difíciles de tratar que las infecciones de alguien con un sistema inmunitario normal. Por lo que requiere muchos más cuidados, no puede exponerla a personas y niños contagiados con cualquier virus, pues, su hija también se va a contagiar, con síntomas mucho más fuertes. Es por eso que, prácticamente todas las semanas concurría al pediatra o a la urgencia, porque se contagiaba de muchos virus. Posteriormente, se le emitió la licencia médica N°61299672, por un total de 7 días a contar del 07 de febrero de 2023. Luego se le emitió la segunda licencia médica N°81885264-9, emitida por un total de 7 días a contar del 31 de enero de 2023. Finalmente se le emitió la licencia 81707703-K por 07 días a contar del 24 d

Fundamentos

considerando: 1°) Que en estos recursos acumulados la actora Ana Macarena Villagrán Sepúlveda, ha impugnado las siguientes resoluciones dictadas por la SUSESO: Resoluciones Exentas N° R-01-UME-119772-2023; R-01-UME-119771-2023, R-01-UME-119770-2023, dictadas el día 9 de septiembre de 2023, por la Unidad Médica de esa Superintendencia, que resolvió que procede hacer lugar a los recursos de reclamación deducidos por la ISAPRE Colmena Golden Cross S.A. en contra de las resoluciones anteriores dictadas por la COMPIN respectiva, rechazándose las licencias médicas a que ellas se refieren (individualizadas en lo expositivo), ordenándose la devolución de lo pagado. La recurrente pidió que se acojan los respectivos recursos de protección acumulados y se aprueben las licencias médicas ya individualizadas en los recursos, ordenando no restituir el subsidio por incapacidad laboral ya percibido, fundándose en los antecedentes acompañados, o, en su defecto, que se practiquen las pericias médicas que correspondan por un profesional médico especializado e imparcial con el objeto de determinar la procedencia del pago de las licencias médicas, ya percibidas; 2°) Que informando la SUSESO señaló, en lo medular, que dicha entidad, previo estudio de los antecedentes médicos del caso por parte de profesionales médicos del Departamento Contencioso de la Superintendencia de Seguridad Social, mediante las resoluciones Exentas ya individualizadas, de 9 de septiembre del año 2023, mediante las cuales se acogió la reclamaciones de que se trata, por cuanto, como se señala en el dictamen en comento: “.el reposo prescrito por la licencia médica N° 81885264-9, no se encontraba justificado. Esta conclusión se basa en que los antecedentes médicos aportados no fundamentan enfermedad grave del hijo menor de un año que requiera cuidado materno exclusivo. En efecto, el diagnóstico de Deficiencia Primaria de Inmunoglobulina A no es posible hacerlo antes de los 4 años, en los cuales la deficiencia selectiva de Inmunoglobulina A podría ser transitoria, por un desarrollo más lento de las células productoras de Inmunoglobulina A en la infancia.”. Por su parte, la ISAPRE Colmena Golden Cross S.A. informó, en síntesis, que la conducta que se reclama por la parte recurrente, no es ilegal ni arbitraria, desde el que para tener derecho al pago de un subsidio se requiere una licencia médica autorizada, lo que no fue posible, ya que las determinaciones tomadas con relación al rechazo o aprobación de las mismas, no son sin estudio de los antecedentes, sino debidamente fundadas en virtud de dichos conocimientos técnicos especiales, y en el caso de autos, por no estar frente a una enfermedad grave de hijo menor de 1 año, que requiera cuidado materno exclusivo, por lo que al no haber antecedentes que fundamentaran el reposo, se rechazaron las respectivas licencias; 3°) Que del examen de los antecedentes del recurso y de lo expuesto por las partes, se advierte que estudiado el caso por la Unidad Méd

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República de Chile y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechazan, sin costas, las acciones de protección acumuladas interpuesta por Ana Macarena Villagrán Sepúlveda en contra de la Superintendencia de Seguridad Social. Regístrese y archívese virtualmente en su oportunidad. Redacción del ministro Claudio Gutiérrez Garrido. Se deja constancia que la ministra señora Salvo no firma, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse ausente. Roles acumulados números 18.644-2023; 18.645-2023 y 18.646-2023. Protección.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, doce de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos: En estos autos Rol N°18.644-2023 y acumuladas 18.645-2023 y 18.646-2023 del Libro Protección de esta Corte de Apelaciones, compareció Ana Macarena Villagrán Sepúlveda, e interpuso recurso de protección de garantías constitucionales en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, respecto de los procedimientos ad

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