SIN INFORMACION

MIRANDA/CUERPO DE BOMBEROS DE PAINE. VISTA CONJUNTAMENTE CON INGRESO DE CORTE N°3390-2023 PROTECCION

Rol

Fecha

12 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 16 de septiembre de 2023, recurre de protección don Cristopher Esteban Miranda Ramírez, empleado, domiciliado en Villa Sor Teresa N° 49, Rangue, comuna de Paine, en contra del Honorable Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de Paine, representado por don Eduardo Sabino Correa Barrera, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en calle Luis Bahamondes 0108, comuna de Paine, por el acto consistente en la dictación de la Resolución de 19 de agosto de 2023 que confirmó la de 19 de julio de 2023, que dispuso su expulsión, lo que a su juicio constituye una privación, perturbación o amenaza a sus derechos fundamentales consagrados en el numeral 3° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando se deje sin efecto la resolución de 19 de agosto de 2023, dictada por el Honorable Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de Paine, señalando que se acoge la apelación planteada en dicho procedimiento o en subsidio que se realice un nuevo proceso en contra del recurrente, con costas. Indica que pertenece al cuerpo de Bomberos de Paine, 4ª Compañía desde el 1 de mayo de 2016. Señala que el 5 de Julio de 2023, se le citó por orden del Superintendente Interventor de Bomberos de Paine a comparecer ante el Honorable Consejo Superior de Disciplina, para el 10 de julio de 2023, a las 20:30 horas en el cuartel General, citación que señala: “Los cargos que motivan la presente citación están dados, a consecuencia de la investigación que se abre, debido a las declaraciones entregadas por don Luis Pérez Pérez Ex Director de 4° Compañía que involucran a su persona. Quien fuera citado al H. Consejo Superior de Disciplina el día, 28 de junio de 2023, por el desorden administrativo-económico generado en la Cuarta Compañía, mientras sirvió el cargo de Director, lo que se demuestra en el gran descuadre contable, al generarse gastos sin ningún tipo de respaldo, con un faltante de dinero que no se

Fundamentos

Considerando la absoluta falta de control de los recursos económicos de la Compañía durante su ejercicio, lo cual resultó en un desequilibrio millonario entre los registros contables y el saldo real, sin que se pueda justificar dicha diferencia, lo que claramente genera una preocupación significativa acerca de su destino. Aunque se ha mencionado que una parte de estos recursos se utilizaron sin respaldo documental, lo cual constituye una falta muy grave,

Fallo

fallo de inmediato o dentro de tercer día, teniendo en especial consideración la ponderación de las anotaciones que figuren en la hoja de vida del voluntario, que deberán considerarse como atenuante o agravante según corresponda, refiriendo que en su hoja de vida no tiene anotaciones ni sanciones disciplinarias. Señala que el fallo le fue notificado mediante correo electrónico y no según lo señalado en el literal i) de artículo 54 del Reglamento General del Cuerpo de Bomberos de Paine, que dispone: “Dicho fallo se notificará por el Secretario General del Cuerpo o de Compañía al voluntario, sea personalmente o por cédula en el domicilio que el voluntario tuviere registrado en su respectiva Compañía, salvo cuando el voluntario o su defensor y a solicitud del órgano disciplinario, haya señalado por escrito al iniciar la audiencia un correo electrónico a efecto de que se le pueda notificar todas las resoluciones que se dicten en el proceso, incluyendo la sentencia, caso en el cual esta forma de notificación de considerará válida para cualquier efecto”. Lo que no ocurrió ya que al inicio de la audiencia no se le solicitó que proporcionara por escrito su correo electrónico. Sostiene que de la Resolución de 19 de julio de 2023 apeló ante el Honorable Consejo Superior de Disciplina de Bomberos de Paine en Pleno, en dicha apelación sostuvo que se ha llevado a cabo un proceso viciado, que se aleja del debido proceso, por lo que se le citó para el 17 de agosto de 2023 citación que si

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San Miguel, doce de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 16 de septiembre de 2023, recurre de protección don Cristopher Esteban Miranda Ramírez, empleado, domiciliado en Villa Sor Teresa N° 49, Rangue, comuna de Paine, en contra del Honorable Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de Paine, representado por don Eduardo Sabino Correa Barrera,

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