2º Juzgado de Letras de Quillota

PIZARRO/FUNDACION EDUCACIONAL ARCO IRIS BAJO EL SOL

Rol

C-8-2021

Fecha

23 de septiembre de 2022

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Resolviendo la incidencia formulada en folio 127 con fecha 8 de septiembre de 2022, que se sustenta en que el abogado señor Gonzalo Montané Wenzel, no tiene capacidad procesal para comparecer y representar a otra persona en juicio, desde el 26 de mayo de 2021, por haber sido designado notario público titular de la Notaría de Cartagena. Teniendo presente que es incompatible el ejercicio del cargo de notario público con el patrocinio y poder que detentaba el abogado señalado en la causa, cuya infracción acarrea sanciones de orden administrativo y en caso alguno le hace perder su capacidad procesal, y que en la causa no ha actuado como abogado desde su nombramiento como Notario Público, resulta que el artículo deducido carece de sustento legal por lo que será desestimado. Por las consideraciones anotadas, y visto además lo dispuesto en los artículos 144, 82 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, artículo 6 del Decreto Ley N° 407 y 432 del Código del Trabajo, se resuelve: Que se niega lugar, con costas, a la incidencia. RIT: C-8-2021 RUC: 20-4-0269384-4 Proveyó doña PATRICIA ZAVALA ASTUDILLO Juez Titular del 2° Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Quillota, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Quillota a veintitrés de septiembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: CJWTXBYXQXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-23T13:37:58-0300

Fallo

se resuelve: Que se niega lugar, con costas, a la incidencia. RIT: C-8-2021 RUC: 20-4-0269384-4 Proveyó doña PATRICIA ZAVALA ASTUDILLO Juez Titular del 2° Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Quillota, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Quillota a veintitrés de septiembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: CJWTXBYXQXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-23T13:37:58-0300

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Quillota, veintitrés de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS: Resolviendo la incidencia formulada en folio 127 con fecha 8 de septiembre de 2022, que se sustenta en que el abogado señor Gonzalo Montané Wenzel, no tiene capacidad procesal para comparecer y representar a otra persona en juicio, desde el 26 de mayo de 2021, por haber sido designado notario público titular de la Notaría de Cartagen

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