SIN INFORMACION

OYARZO VALDES PAULA MARIA/8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

11 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece don Camilo Cereño González, abogado, recurre de amparo en favor de Paula Oyarzo Valdés, imputada en causa RIT 3634-2020, RUC 1900492350-5 del 8° Juzgado de Garantía de Santiago, en contra de resolución de 8 de noviembre de 2023, que permitió realizar audiencia de reformalización de su representada, pidiendo se deje sin efecto la resolución recurrida. Expuso que el 22 de marzo de 2021, se formalizó a la amparada y se estableció un plazo judicial de seis meses de investigación, decretándose medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal. Agrega que el 8 de septiembre de 2021 se reformalizó por dos hechos adicionales, quedando sujeta a cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, letras c, d y g, encontrándose con creces vencido el plazo de investigación conforme al artículo 247 del Código Procesal Penal, que dispone que “transcurrido el plazo de dos años desde la fecha en que la investigación hubiere sido formalizada, el fiscal deberá cerrar”. Refiere que el 7 de agosto de 2023, solicitó el cierre de la investigación, pidiendo el Ministerio Público el 24 de agosto, audiencia para reformalizar, accediendo el tribunal, por lo que interpuso recurso de reposición, en razón de que la solicitud de reformalización se realizó con el plazo de investigación vencido, el que fue desestimado. Hace presente que el 8 de noviembre de 2023, se realiza audiencia de reformalización, revisión de medidas cautelares y cierre de la investigación, reformalizando el ente persecutor y agrega dos hechos nuevos, por el delito de amenaza y uso malicioso de instrumento público falso, se accede a dejar sin efecto la medida cautelar de firma mensual y se cierra la investigación. Alega que estos hechos son diversos a los ya investigados y que no existe norma alguna que permita al Ministerio Público reformalizar y, mucho menos, con el plazo de investigación vencido. Atendida la afectación de su libertad personal, pide se d

Fundamentos

motivos todos por los cuales se rechazará el recurso de amparo interpuesto.

Fallo

por tanto, acto ilegal alguno de parte de la autoridad recurrida que prive, perturbe o amenace su derecho a la libertad personal y seguridad individual de la amparada. En razón a lo antes expuesto, se verifica que en el presente caso no existe ningún acto ilegal que sea necesario enmendar por medio de este recurso de amparo atribuible a la autoridad recurrida. Décimo tercero: De esta forma, se estableció que no dándose en la especie los supuestos que hacen procedente la acción constitucional, toda vez que la actuación realizada por el juez recurrido lo ha hecho como se ha indicado, en el ámbito de su competencia y con estricto apego a la Constitución y las leyes de la República, motivos todos por los cuales se rechazará el recurso de amparo interpuesto. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Paula Oyarzo Valdés, imputada en causa RIT 3634-2020, RUC 1900492350-5, en contra de la resolución de ocho de noviembre de dos mil veintitrés dictada por el señor juez del 8° Juzgado de Garantía de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° 2705-2023

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de diciembre de dos mil veintitrés. Al folio 12: a lo principal, a sus antecedentes. Al primer y segundo otrosí, téngase presente. Al folio 13: téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece don Camilo Cereño González, abogado, recurre de amparo en favor de Paula Oyarzo Valdés, imputada en causa RIT 3634-2020, RUC 1900492350-5 del 8° Juzgado d

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