C/ JUAN ALBERTO VEAS ROMERO
Rol
Fecha
11 de diciembre de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
DE FALLO - ABANDONADO Y CONF
Hechos
VISTOS: Atendido lo expresado por el Sr. Relator y de conformidad a lo previsto en los artículos 223 bis, inciso cuarto, del Código de Procedimiento Civil, resolución de la Excma. Corte Suprema de 12 de septiembre de este año, pronunciada en la causa rol AD 1046-2023, 52 y 358 del Código Procesal Penal, no habiendo comparecido la abogada recurrente Nathaly Skoljarev Guzmán a la audiencia, se declara el abandono del recurso formulado por la defensa de César Antonio Ñancucheo Muñoz en contra de la resolución de fecha dos de diciembre de este año, dictada en los autos RIT N° 14067-2023, seguidos ante el 7° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó su prisión preventiva. Respecto del recurso de apelación del imputado Juan Alberto Veas Romero. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los
Fundamentos
fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que, consecuentemente, se comparten.
Fallo
se declara el abandono del recurso formulado por la defensa de César Antonio Ñancucheo Muñoz en contra de la resolución de fecha dos de diciembre de este año, dictada en los autos RIT N° 14067-2023, seguidos ante el 7° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó su prisión preventiva. Respecto del recurso de apelación del imputado Juan Alberto Veas Romero. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que, consecuentemente, se comparten. Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en los artículos 370 y 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha dos de diciembre de dos mil veintitrés, dictada en los autos RIT 14067-2023, seguidos ante el 7° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Juan Alberto Veas Romero. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Rol Corte N° 6285-2023 RPP. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, once de diciembre de dos mil veintitrés. Sala: Primera Rol Corte: Penal-6285-2023 Ruc: 2301320792-5 Rit : O-14067-2023 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: la Ministro señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, la Ministro (S) señora Paola Cecilia Díaz Urtubia y el Abogado Integrante señor Jorge Gómez Oyarzo Relator: Carlos Ramírez Dig
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