PABLO MARDONES AGÜERO/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.
Rol
Fecha
12 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Visto: Apareciendo de los antecedentes contractuales con los que ahora se cuenta luego de evacuado el informe, y desprendiéndose de ellos que el recurrente mantiene domicilio en la comuna de Pudahuel, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Al primer otrosí: Estese al mérito de lo resuelto precedente. Al segundo otrosí: Téngase presente, en cuanto al instrumento, a sus antecedentes. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. N°Protección-20721-2023.
Fallo
se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Al primer otrosí: Estese al mérito de lo resuelto precedente. Al segundo otrosí: Téngase presente, en cuanto al instrumento, a sus antecedentes. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. N°Protección-20721-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SYS/jcd Concepción, doce de diciembre de dos mil veintitrés. Al escrito folio 264922 (4): A lo principal: Visto: Apareciendo de los antecedentes contractuales con los que ahora se cuenta luego de evacuado el informe, y desprendiéndose de ellos que el recurrente mantiene domicilio en la comuna de Pudahuel, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente ac
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