MINISTERIO PUBLICO C/ JAVIER ALEJANDRO RIVERA PASTEN Y FERNANDA BELEN PIZARRO PIZARRO
Rol
Fecha
9 de diciembre de 2023
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1° Que, la parte recurrente cuestionó la concurrencia del presupuesto de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto de la imputada Fernanda Pizarro Pizarro, en relación a ambos delitos por los cuales fue formalizada. 2° Que, de los antecedentes puestos en conocimiento de esta Corte, no es posible extraer que se cumplan los presupuestos de participación, en los términos del artículo citado precedentemente, por cuanto no se puede vincular la conducta atribuida por el persecutor a la encartada, tanto en lo que se refiere a las municiones como a la droga que portaba el coimputado. 3° Que, así las cosas, al no concurrir uno de los presupuestos materiales, no corresponde decretar medida cautelar alguna en contra de Pizarro Pizarro, razón por la cual, a su respecto, se revocará la resolución de uno de diciembre de dos mil veintitrés. 4° Que, al contrario de lo antes decidido, respecto del imputado Javier Rivera Pastén, las alegaciones de la defensa no logran desvirtuar lo resuelto, por cuanto en su caso sí existen antecedentes que permiten tener por establecidos los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y en cuanto a la letra c) de la referida norma, ésta se puede tener también por acreditada, en atención a la cantidad de delitos por los cuales fue formalizado y las penas asignadas a éstos. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 139, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de fecha uno de diciembre de dos mil veintitrés, sólo en cuanto decretó la prisión preventiva de Fernanda Belén Pizarro Pizarro, confirmándose lo resuelto respecto del imputado Javier Alejandro Rivera Pasten. Comuníquese lo resuelto por la vía más expedita al Tribunal a quo, a fin de disponer la libertad inmediata de la imputada Pizarro Pizarro. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator (S) señor José Esquivel Avendaño. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1748-2023 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, nueve de diciembre de dos mil veintitrés. Siendo las 11:32 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Christian Le-Cerf Raby, e integrada por el Ministro titular señor Sergio Troncoso Espinoza y el abogado integrante señor Enrique Labarca Cortés, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la d
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