JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE CARAHUE

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

7 de diciembre de 2023

Materia

ALIMENTOS, CESACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su

Fundamentos

considerando séptimo a octavo y teniendo además presente: PRIMERO: Que, tratándose de los alimentos que se deben a las personas indicadas en el número 2° del artículo 321 del Código Civil, esto es, de los descendientes, y de la obligación que recae en sus padres, en su defecto, en sus ascendientes, han de permitirles subsistir modestamente de un modo correspondiente a su posición social, y en lo que concierne a la obligación de proporcionarles educación, el inciso 2° del artículo 323 del citado código señala que comprende la de contribuir a los gastos en que se deba incurrir para...

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C.A. de Temuco Temuco, siete de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su considerando séptimo a octavo y teniendo además presente: PRIMERO: Que, tratándose de los alimentos que se deben a las personas indicadas en el número 2° del artículo 321 del Código Civil, esto es, de los descendientes, y de la obligación que recae en sus padres, en su de

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