/CORTE DE APELACIONES DE ARICA COMISION LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
7 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Compareció Alejandra Aguirre Droguett, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en representación del condenado LEONEL ANTONIO RODRIGUEZ CHAZARRO, cédula nacional de identidad Nº 15.596.092-2, y dedujo acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional a efectos de obtener su libertad condicional, en virtud del Decreto Ley N° 321 de 1925. Señala que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, por dos delitos de robo con intimidación, un robo con violencia y un robo en lugar habitado o destinado a la habitación y 9 días por un pago de multa, cuenta con un total de 233 días de abonos. Indica que la Comisión de Libertad Condicional rechazó la petición de su representado, en síntesis, por “NO HABER DEMOSTRADO AVANCES EN SU PROCESO DE REINSERCIÓN SOCIAL”. Afirma que el amparado cumple a cabalidad todos y cada uno de los requisitos exigidos por el Decreto Ley N° 321 sobre Libertad Condicional y su reglamento para optar a la libertad condicional y que éste cuenta con avances comprobables dentro su Proceso de Reinserción Social tanto en el ámbito educativo y laboral, existiendo conciencia del delito y del mal causado a las víctimas y un rechazo explícito a los hechos cometidos. Alude que la Comisión considera el informe psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, para fundar el rechazo a la libertad condicional, respecto del postulante. No obstante, dicho informe no cumple los requisitos reglamentarios, conforme con el artículo 12 y 14 del DS, éste último articulado que establece las condiciones mínimas que debe contener el informe de Gendarmería. En el caso concreto, el informe de Gendarmería, conforme a su tenor, se trata de una serie de afirmaciones que NO contienen una descripción de la metodología para elaborar el informe, no hay constancia de los instrumentos aplicados y sus resultados; Sólo se cuenta con una descripción general del postulante, sin que se contengan las co
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la acción de amparo, prevista en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, tiene por objeto proteger a las personas que ilegal o arbitrariamente sufren cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y/o a la seguridad individual, motivo por el cual y considerando que en definitiva el acto denunciado concierne a aquel en virtud del cual se negó al amparado el beneficio de libertad condicional, corresponderá entonces determinar si, en la especie, la Comisión de Libertad Condicional, al decidir como lo hizo, incurrió efectivamente de modo ilegítimo en alguna vulneración a los derechos fundamentales precedentemente citados. SEGUNDO: Que, examinados los antecedentes que obran en el proceso, fundamentalmente las fichas estadísticas del amparado con las que se le postuló al proceso de libertad condicional, se pueden colegir los siguientes hechos: 1.- Que, cumple condena en causa RUC N°0800711782-6 del Juzgado de Garantía de Copiapó, por el no pago de multa y causa RUC N° 0800760979-6 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, dos delitos de robo con intimidación, un robo con violencia y un robo en lugar habitado o destinado a la habitación. 2.- Que, la fecha de término de condena es 07 de enero de 2028 y el tiempo mínimo informado por Gendarmería de Chile para optar a beneficios es el 16 de mayo de 2021. 3.- Que, el informe de postulación psicosocial de libertad condicional, elaborado el 22 de septiembre de 2023, en el análisis global del proceso de reinserción indica que el condenado posee un riesgo alto de reincidencia, mantienen sin intervención diversas aéreas según el inventario de gestión del caso, aun mantiene observaciones en materia a su conciencia del daño y el delito que se refleja en una discontinuidad entre el pensamiento y el comportamiento general, por ende, su actitud hacia las normas convencionales sociales son sin congruencia cognitiva, ligados al lucro fácil y al uso de sustancias, con tendencia al bien inmediato; inicialmente visualiza el problema pero no efectúa acciones personales para modificarlas, reflejadas en la inviabilidad de sus proyecciones en el medio libre. TERCERO: Que, en relación a los fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por rechazar la libertad condicional del amparado, se sustentó dicha decisión en que el condenado no ha demostrado avances en su proceso de reinserción social. CUARTO: Que, atendido lo señalado en el informe de la Comisión de Libertad Condicional y el informe psicosocial del amparado, elemento central en análisis, atento los términos del recurso, se advierte que presenta un alto compromiso delictual, riesgo de reincidencia alto y que aún tiene necesidades de intervención que deben ser abordadas y reforzadas para un adecuado proceso de reinserción social, por lo que se comparte la decisión de la comisión Libertad Condicional. QUINTO: Que, de lo expuesto en el motivo precedente se
Fallo
Por estas consideraciones, lo preceptuado en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se resuelve: Que, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de LEONEL ANTONIO RODRIGUEZ CHAZARRO. Comuníquese al Jefe del Complejo Penitenciario de Acha y al Director Regional de Gendarmería de Chile. Ofíciese. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 462-2023 Amparo (Acumulado 465-2023).
Texto Completo (Preview)
Arica, siete de diciembre de dos mil veintitrés. VISTO: Compareció Alejandra Aguirre Droguett, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en representación del condenado LEONEL ANTONIO RODRIGUEZ CHAZARRO, cédula nacional de identidad Nº 15.596.092-2, y dedujo acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional a efectos de obtener su libertad condicional, en virtud del De
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica