SIN INFORMACION

ILLANES/FUERZA AEREA DE CHILE

Rol

Fecha

7 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA SIN COSTAS

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Álvaro Antonio Illanes Ruíz, cédula de identidad N° 13.951.219-7, Comandante de Escuadrilla (DA), Jefe del Centro de Instrucción F-16 de la Fuerza Aérea de Chile, domiciliado para estos efectos en Base Aérea Cerro Moreno s/n, casa Nº 16 de la Región de Antofagasta, deduciendo recurso de protección en contra de la Fuerzas Área de Chile, Antofagasta, por la dictación de la Resolución N° 4067 que contiene el acta de notificación adoptada por la Junta de Apelaciones de Oficiales de la Fuerza Aérea que decide rechazar su recurso de apelación en contra de la decisión de mantener su baja nota en su hoja de vida para la evaluación correspondiente al período 2022-2023 degradando su clasificación desde lista 1 a lista 3 incluyéndolo en el listado de personal llamado a retiro el que se hará efectivo a contar de marzo de 2024. Informó la recurrida pidiendo el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente funda su acción en que la decisión impugnada en este recurso se sustenta en la infracción al reglamento de disciplina de la institución al arrojar resultado positivo en el control periódico para prevenir el consumo indebido de sustancias controladas para personal de las Fuerzas Áreas, examen practicado el 14 de noviembre de 2022 notificándole la sanción el 10 de enero de 2023. Ilustra que el Reglamento E-60 en su artículo 25 parte final establece que “en caso de resultados positivos: (…) dicho resultado no puede ser consecuencia del consumo de medicamentos con la adecuada y comprobada prescripción médica.”. Así, el resultado positivo corresponde a un medicamento con la adecuada y comprobada prescripción médica, lo que consta en los documentos entregados a la institución recurrida, puesto que desde el año 2014 sufre dolores de espalda que se fueron agravando, siendo diagnosticado de Hernia Discal, manteniendo controles periódicos mediante el sistema de salud de la institución, siendo intervenido el 2018 de la columna y el 2022 por lumbago con ciática. Agrega que el 2021 contrajo matrimonio y el año 2022 recibió a su primer hijo dentro del matrimonio, situación que trae aparejado nuevos desafíos y exigencias físicas, alterando los dolores sufridos y su condición de salud su vida familiar. El 4 de octubre del año 2022, es decir, 41 días antes de arrojar positivo en el control de consumo de drogas asistió a consulta médica con la doctora Gabriela Gamboa quien le recetó tratamiento con macerado en aceite hecho en base a resina extraída de la planta de cannabis sativa L para disminuir y aliviar el dolor crónico, la lumbalgia y el insomnio. Agrega que el 10 de enero de 2021 fue notificado de la sanción disciplinaria de 3 días de arresto con todo servicio a raíz del resultado positivo en el examen indicado, supuestamente infringiendo el artículo 74 del Reglamento de Disciplina para las Fuerzas Armadas en relación con el artículo 269 numeral 7 de la Ordenanza de la Fuerza Aérea de Chile (OFA), considerándose que tal consumo de drogas es una conducta reñida con la condición de aviador militar, estampándose una nota de 3.5 en los conceptos de Nº 1 Honor, Nº 4 Excelencia en el Servicio y Nº 5 Cumplimiento del Deber. Refiere que notificada la sanción presentó recurso de reconsideración iniciando un procedimiento administrativo que termina y produce recién sus efectos el 28 de septiembre de 2023 mediante la notificación de la Resolución N° 4067 la que contiene la decisión de la Junta de Apelaciones de Oficiales, a través de la cual se confirma la sanción aplicada de manera injusta por el consumo de un medicamento supervisado por un profesional de la salud que busca en definitiva mejorar su calidad de vida. Además la resolución precitada carece de los fundamentos que requieren los actos administrativos, tampoco explica cómo valora los antecedentes aportados, tornándose arbitraria e ilegal, conculcando sus garantías c

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales; SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por Álvaro Antonio Illanes Ruíz, cédula de identidad N°13.951.219-7, Comandante de Escuadrilla (DA), Jefe del Centro de Instrucción F-16 de las Fuerza Aérea de Chile en contra de la Fuerzas Área de Chile, Antofagasta. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol 8279-2023 (PROT) 1

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a siete de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia de Álvaro Antonio Illanes Ruíz, cédula de identidad N° 13.951.219-7, Comandante de Escuadrilla (DA), Jefe del Centro de Instrucción F-16 de la Fuerza Aérea de Chile, domiciliado para estos efectos en Base Aérea Cerro Moreno s/n, casa Nº 16 de la Región de Antofagasta, deduciendo recurso de protección en contra de la

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