SIN INFORMACION

GUTIERREZ CARRALERO ROBERTO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

7 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 29 de noviembre de 2023 comparece Sofia Morales Morales, abogada, en favor de Roberto Gutiérrez Carralero, de nacionalidad cubana, pasaporte L852218, e interpone acción constitucional de amparo por motivo de la dictación de la Resolución Exenta N° 333 de 27 de febrero de 2020, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones y por la Prohibición de Ingreso N° 1189 emitida por la Policía de Investigaciones de Chile, los cuales constituyen actos desproporcionados e ilegales y contrarios a lo indicado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Contextualiza que el amparado, cuenta actualmente con residencia permanente en Estados Unidos, con documento de identificación de dicho país, bajo el número 220-178-824 y que reside en este país junto con su cónyuge, chilena, Carolina Tirado González, la cual también tiene residencia permanente de Estados Unidos. Dice que el amparado ingresó a Chile por frontera no habilitada el 16 de febrero de 2019, realizando autodenuncia en Fiscalía de Copiapó y que se mantuvo esperando varios años orden de expulsión, lo cual nunca ocurrió, por otra parte que intentó regularizar su situación migratoria, lo que no se pudo materializar. Paralelamente, obtuvo residencia temporal que avanza a permanente de Estados Unidos, lugar donde se encuentra con su esposa. Agrega que en agosto de 2023, intentaron ingresar a Chile para visitar a los padres de Carolina Tirado, pero un funcionario de Policía de Investigaciones le informa antes del ingreso que no se puede permitir el ingreso del amparado por existir una orden de expulsión de 2020, la cual esperó y nunca recibió. No verificándose notificación válida conforme a lo dispuesto en la Ley N° 21.325 junto con la Ley N° 21.589, conforme a lo indicado en el artículo 132. Fundamenta que el Servicio Nacional de Migraciones emitió una orden de abandono sin notificación válida y se dictó una prohibición de ingreso en circunstancias que el

Fallo

por lo expuesto precedentemente, al no haberse acreditado los hechos como expuso el recurrente de amparo y al no haberse configurado ilegalidad en la actuación de la autoridad, será rechazado el presente recurso de amparo. Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor Roberto Gutiérrez Carralero. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2953-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de diciembre de dos mil veintitrés. Al escrito folio 14: a lo principal, segundo y tercer otrosíes: a todo, téngase presente. Al primer otrosí: a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 29 de noviembre de 2023 comparece Sofia Morales Morales, abogada, en favor de Roberto Gutiérrez Carralero, de nacionalidad cubana, pasaporte L852218, e interp

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