JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

MP. C/ LEONARDO ESTEFANO VALENZUELA CORTÉS.

Rol

Fecha

7 de diciembre de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

San Miguel, siete de diciembre de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Sala Rol: 3652-2023 Penal Ruc: 2301307516-6 RIT: 11728-2023 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo Relator: Sebastián Vergara de la Rivera Digitadora: Bárbara Subiabre Silva Fiscal: Camila González Rodríguez Defensa: Rodrigo Catrifil Martínez Registro de audio: 2301307516-6-91 Imputado: Leonardo Estefano Valenzuela Cortés Delito: Robo con intimidación Tipo de recurso: Apelación cautelar personal Escritos resueltos en audiencia: Folio 3. San Miguel, siete de diciembre de dos mil veintitrés. Oídos los intervinientes y teniendo presente: Primero: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que, en este estadio procesal, se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el que fue formalizado el imputado. En relación con el presupuesto material de la letra b) del artículo antes citado, lo pertinente a considerar es que, además de haber sido hallada en su poder una de las especies sustraídas a la víctima, esta lo reconoció ante Carabineros como uno de los hechores del delito investigado, motivo suficiente para tener por concurrentes las presunciones fundadas de participación que exige la norma. Segundo: En relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada, se estima que la libertad del encausado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad,

Fundamentos

considerando la naturaleza y gravedad del ilícito, bien jurídico protegido, circunstancia de comisión, haber actuado en grupo o pandilla, penalidad asignada en la ley y eventual forma de cumplimiento, así como el hecho de haberse encontrado sometido a medidas cautelares decretadas en una causa diversa y pendiente, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador para alcanzar los objetivos señalados en el inciso primero del artículo 155 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintinueve de noviembre del año en curso, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que decretó la prisión preventiva de Leonardo Estefano Valenzuela Cortés. Comuníquese vía interconexión. N° 3652-2023 Penal

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San Miguel, siete de diciembre de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Sala Rol: 3652-2023 Penal Ruc: 2301307516-6 RIT: 11728-2023 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo Relator: Sebastián Vergara de la Rivera Digitadora: Bárbara Subiabre Silva Fiscal: Camila González Rodríguez Defensa: Rodrigo Catrifil Martínez Registro de audio: 2301307516-6-91 Imputado: Leonardo Estefano Valenzuela Cortés D

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