CERDA/VERGARA
Rol
Fecha
7 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, establece que el recurso de queja sólo procede contra sentencias definitivas o interlocutorias que pongan fin al juicio o hagan imposible su continuación y que no sean susceptibles de recurso alguno, ordinario o extraordinario. 2°.- Que la resolución impugnada es aquella que rechaza, con costas, el incidente de nulidad, deducido por la ejecutada, de manera que no encuadra en ninguna de las situaciones que contempla el citado artículo. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la norma legal citada y en los artículos 548 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible, el recurso de queja deducido por el abogado Abraham Cerda Vásquez. Al primer otrosí: por acompañados. Al segundo otrosí: téngase presente. R.I.C N° Laboral - Cobranza-393-2023.-
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la norma legal citada y en los artículos 548 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible, el recurso de queja deducido por el abogado Abraham Cerda Vásquez. Al primer otrosí: por acompañados. Al segundo otrosí: téngase presente. R.I.C N° Laboral - Cobranza-393-2023.-
Texto Completo (Preview)
C.A. Chillán / Chillán, siete de diciembre de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1°.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, establece que el recurso de queja sólo procede contra sentencias definitivas o interlocutorias que pongan fin al juicio o hagan imposible su continuación y que no sean susceptibles de recurso alguno, ordinario o extraordinario. 2°.- Que la resol
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