MP C/ JOEL ESTEBAN ORTEGA HUENCHUAL
Rol
Fecha
7 de diciembre de 2023
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Código Procesal Penal, se resuelve que: Se CONFIRMA la resolución apelada de fecha veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° 1679-2023 REF. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, siete de diciembre de dos mil veintitrés. Srta. Daniela Verdugo Pulgar, Relatora Suplente.
Fundamentos
fundamentos del Juez de Garantía para ello. Luego alega la abogada de la víctima que comparte los fundamentos del Juez de Garantía. Los abogados hacen uso de su derecho a réplica, insistiendo en sus planteamientos. El Sr. Presidente de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Código Procesal Penal,
Fallo
se resuelve que: Se CONFIRMA la resolución apelada de fecha veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° 1679-2023 REF. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, siete de diciembre de dos mil veintitrés. Srta. Daniela Verdugo Pulgar, Relatora Suplente.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA SIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS, PARA LA VISTA POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC 2200543163-1, RIT 2360 - 2020, ROL CORTE N° 1679-2023 REF. Siendo las 9:34 .horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia del Ministro y Presidente de Sal
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