FISCALIA ARICA C/ GENARO EDUARDO LEAL FIGUEROA
Rol
Fecha
6 de diciembre de 2023
Materia
COHECHO.ART.248, 248 BIS (LEY 19.645) Y 249.
Resultado
CONFIRMADA V/C JEDA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en estrado de los cuales se desprende que, por el momento y sin perjuicio de lo que se pueda establecer en otras etapas del procedimiento, en el presente caso concurren todos y cada uno de los requisitos que señalar artículo 140 del Código Procesal Penal. Respecto a los dos primeros, aquellos se encuentran establecidos de acuerdo a los datos que han sido aportados en esta audiencia por el ente persecutorio de la acción penal, específicamente la existencia de escuchas telefónicas y asimismo, la supuesta incriminación que estaría haciendo otro de los imputados respecto a la supuesta participación de la imputada en los ilícitos. En cuanto a la letra c), se estima que la libertad de la imputada resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad, habida consideración a la gravedad de la pena asignada al hecho punible que está siendo imputado y por haber actuado también en grupo o pandilla SE CONFIRMA la resolución de fecha veintiocho de noviembre del año en curso que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva en relación a Karen Walton Buzada. Acordada con el voto en contra del ministro señor José Delgado Ahumada, quien fue de opinión de revocar la resolución en comento y en su lugar decretar otra de las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, teniendo en cuenta que la medida de prisión preventiva es una medida de última ratio y no puede implicar una pena anticipada y por otro lado, estimar que otras medidas cautelares del artículo ya referido resultarían suficientes para asegurar la finalidades del procedimiento y la seguridad de la sociedad. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 892-2023 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio
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Corte de Apelaciones de Arica En Arica, a seis de diciembre de dos mil veintitrés. Sala: Primera Sala Rol: 892-2023 Penal Ruc: 2200930065-5 RIT: 5668-2022 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministros, señor Pablo Zavala Fernández, señor José Delgado Ahumada y señor Reynaldo Oliva Lagos. Relator (a): Jaqueline Cofré García Digitador (a): Gerard Barreda Díaz Fiscal/Aboga
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