MP. C/ FRANCISCO JAVIER PÉREZ DROGUETT. QTE: HIPERMERCADOS TOTTUS S.A.
Rol
Fecha
6 de diciembre de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM. ART. 432 Y 446 Nº 3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en la especie, se han excluido por el tribunal de primera instancia, los medios de prueba que consisten en las declaraciones de los testigos Pedro Antonio Soto Villalón y Manuel Suazo Erba, guardias de seguridad, por estimar el Tribunal que se afecta el derecho a defensa desde que sus declaraciones no se encuentran registradas en la carpeta investigativa. Segundo: Que las causales de exclusión de prueba están señaladas en el artículo 276 del Código Procesal Penal y, en lo que interesa al presente recurso, su inciso 3° dispone que el juez excluirá las pruebas que provinieren de actuaciones o diligencias que hubieren sido declaradas nulas y aquellas que hubieren sido obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales. Tercero: Que, en consecuencia, el reproche judicial de primera instancia obedece a situaciones distintas del supuesto legal descrito en el artículo 276 del Código Procesal Penal, que habilitaba la exclusión de dicha prueba, desde que no se trata de una prueba obtenida con vulneración a garantías constitucionales; la que además -en concepto de esta Corte- cumple con los estándares requeridos en el ordenamiento jurídico para ser admitida en el auto de apertura y en el juicio oral correspondiente. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 276, 277, 365, 366, 367 y 370 del Código Procesal Penal se revoca, en lo apelado, la resolución de nueve de agosto del año en curso, que excluye como prueba testimonial la declaración de don Pedro Antonio Soto Villalón y de don Manuel Suazo Erba, presentados por el Ministerio Público, y se declara que se deberán incorporar las declaraciones de los mismos al auto de apertura de juicio oral. Comuníquese y devuélvase vía interconexión N° 2445-2023-Penal.
Fallo
se declara que se deberán incorporar las declaraciones de los mismos al auto de apertura de juicio oral. Comuníquese y devuélvase vía interconexión N° 2445-2023-Penal.
Texto Completo (Preview)
Fecha: seis de diciembre de dos mil veintitrés Sala: SEGUNDA SALA Rol Corte: Penal-2445-2023 Ruc: 2300806964-6 Rit: 2614-2023 JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA Relator: Diego Muñoz Gaete Imputado: MP. C/ FRANCISCO JAVIER PÉREZ DROGUETT. QTE: HIPERMERCADOS TOTTUS S.A. Tipo de Recurso: Penal-Apelación incidente Resolución de Escritos en Audiencia: 2 San Miguel, seis de diciembre de dos mil veintitré
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