GARCÍA/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.
Rol
Fecha
6 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Catalina Sofía García Uyevic, interponiendo recurso de protección en contra de la Isapre Colmena Golden Cross, por el acto arbitrario e ilegal consistente en no cumplir con el mismo trato en la cobertura de prestaciones relacionadas al embarazo y al parto, otorgando menores beneficios de los que legalmente corresponden, lo que importaría la afectación de las garantías previstas en los N° 1, 2, 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando que se acoja el presente recurso y se ordene a la recurrida otorgar cobertura completa a todas las prestaciones de salud relacionadas al parto, debiendo aumentar al porcentaje de cobertura al del resto de las prestaciones ofrecidas en su plan o lo que este Tribunal determine conforme a derecho y ajustar el plan de salud a un sistema informático de acuerdo a los nuevos porcentajes que ingresan a su plan de salud, todo ello con expresa condena en costas. Explica que se encuentra contractualmente vinculada a Isapre Colmena Golden Cross S.A., desde el 17 de diciembre de 2015, a través del plan de salud denominado “MIX LOS ANDES 1114”, cuyas prestaciones relacionadas al parto (obstétricas, de parto y neonatología) son reducidas respecto a las otras prestaciones de salud del mismo plan, en este sentido, la cobertura de las mismas es de un 25%, el cual era el mínimo establecido por el D.F.L. N°1 del 2005 de la Superintendencia de Salud, previo a la Circular IF/N°334 de la Superintendencia de Salud que igualó la cobertura de estas prestaciones a la del resto del plan Señala que, hasta antes de la dictación de la Circular IF/N° 334, el artículo 190 del D.F.L. N°1 del Ministerio de Salud, de 2005, permitía a las isapres crear planes de salud que contemplen coberturas reducidas para determinadas prestaciones -sin distinción-, poniendo como límite que en ningún caso pueden ser inferiores al 25% de la cobertura FONASA. En virtud de dicha disposición, las Isapres
Fallo
por tanto en los derechos y obligaciones de las partes contratantes-, requiere de un análisis que excede la naturaleza y fines de este arbitrio Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20, ambos de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección constitucional deducido a favor de Catalina Sofía García Uyevic, en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-14326-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de diciembre de dos mil veintitrés. A las folios 18 y 19; a todo, téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Catalina Sofía García Uyevic, interponiendo recurso de protección en contra de la Isapre Colmena Golden Cross, por el acto arbitrario e ilegal consistente en no cumplir con el mismo trato en la cobertura de prestaciones relacionadas
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