DERVINIADIS/MINISTERIO PUBLICO
Rol
Fecha
6 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Ximena Derviniadis Tuesta, deduciendo acción de protección por el acto arbitrario e ilegal consistente en la resolución 1644 de fecha 7 de septiembre de 2023 del Sr. Fiscal Nacional del Ministerio Público, por la cual negó la aplicación en su favor de los beneficios establecidos en la ley 20.984, declarando que la recurrente “no acreditó el cumplimiento de los requisitos para acceder a la Bonificación Adicional solicitada, por la exclusiva razón de haberme desempeñado como fiscal adjunto y no como funcionaria”, lo que a su juicio vulnera la garantía consagradas en el artículo 19 Nº 2 de la Constitución Política de la República. Refiere que se ha desempeñado como fiscal del Ministerio Publico desde el año 2004 y con fecha 1 de septiembre de 2023 presentó su renuncia anticipada, atendida su voluntad de jubilarse y al haber cumplido la edad legal para hacerlo. Precisa que, al presentar su renuncia solicitó la aplicación del artículo 1 de la ley 20.948, conforme al cual los funcionarios públicos tiene derecho a recibir una bonificación consistente en un sueldo cada dos años de servicio con un máximo de once años, para quienes, habiéndose desempeñado 20 o más años, se retiren voluntariamente y se encuentren en las edades legales de jubilación entre los años 2019 y 2024; haciendo presente que el artículo 7 de dicha ley hace explícitamente aplicable la bonificación a los funcionarios nombrados o contratados en el Ministerio Público. Sin embargo, reclama que el señor Fiscal Nacional, mediante la resolución Nº 1644 de 2023, negó lugar a la aplicación de la bonificación solicitada, fundada en que la recurrente se desempeñó como fiscal adjunto, mas no como funcionaria, invocando para ello el oficio Nº 2900 de 21 de noviembre de 2017 de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, conforme al cual se exceptúa a los fiscales adjuntos del beneficio invocado. Hace presente que ni la ley ni el respectivo regla
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y siguientes de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección y demás normas pertinentes, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Ximena Derviniadis Tuesta, en contra del Fiscal Nacional del Ministerio Público. Regístrese y comuníquese. Protección N° 15396-2023
Texto Completo (Preview)
Santiago, a seis de diciembre de dos mil veintitrés A los folios N° 15, 16 y 17: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Ximena Derviniadis Tuesta, deduciendo acción de protección por el acto arbitrario e ilegal consistente en la resolución 1644 de fecha 7 de septiembre de 2023 del Sr. Fiscal Nacional del Ministerio Público, por la cual negó la aplicació
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