BANCO FALABELLA/HERNÁNDEZ
Rol
Fecha
6 de diciembre de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Previa eliminación de la frase “por lo que desde esa fecha debe estimarse la exigibilidad del pagare en análisis, como asimismo se devengan los intereses pactados”, que se lee en el fundamento séptimo, y de la oración “y que estas se hicieron exigibles a contar del día 15 de junio de 2020”, escrita en el motivo octavo, y teniendo en su lugar y, además, presente que, mediando en la especie una cláusula de aceleración facultativa, se ha de tener por acelerado el crédito desde la fecha en que aparezca una manifestación de voluntad de la acreedora en tal sentido, lo que ocurrió con la interposición de la demanda el 17 de febrero de 2021, puesto que a través de ese libelo la actora hizo evidente su voluntad de hacer cobro del total de lo debido y, con ello, ejerció la cláusula de aceleración y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de veinticinco de abril de dos mil veintidós, pronunciada por el 27° Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase. Rol N° 10650-2022 Civil.
Texto Completo (Preview)
Santiago, seis de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos: Previa eliminación de la frase “por lo que desde esa fecha debe estimarse la exigibilidad del pagare en análisis, como asimismo se devengan los intereses pactados”, que se lee en el fundamento séptimo, y de la oración “y que estas se hicieron exigibles a contar del día 15 de junio de 2020”, escrita en el motivo octavo, y teniendo en su lu
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