SIN INFORMACION

GONZÁLEZ/COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO

Rol

Fecha

6 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: En cuanto al acto atribuido a la Comisión para el Mercado Financiero: 1°) Que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derecho que se estima vulnerado. 2°) Que, del contexto del libelo y los documentos acompañados se desprende que el recurrente ha tomado conocimiento del acto que lo motiva a deducir esta acción constitucional el tres de agosto de dos mil veintitrés. 3°) Que habiendo deducido el presente recurso con fecha cuatro de diciembre de dos mil veintitrés, esto es, transcurrido el plazo previsto para su interposición, no puede ser acogido a tramitación por extemporáneo. Respecto a los hechos que se imputan a Metlife Chile Seguros de Vida S.A.: 4°) Que, los hechos descritos en la presentación, y en particular sus peticiones, exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso atendida su naturaleza cautelar, teniendo presente que se denuncia un conflicto contractual y reclaman derechos que deben ser debatidos y probados en el procedimiento judicial que corresponda, por lo que no será admitida a tramitación. Y de conformidad, además, con el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de garantías constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto al folio 1. Archívese. N°Protección-16540-2023. (ccc) Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra señora Maritza Elena Villadangos Frankovich e integrada por la ministra señora Elsa Barrientos Guerrero y por el abogado integrante señor Eduardo Nelson Gandulfo Ramírez.

Fallo

fallo del recurso de protección de garantías constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto al folio 1. Archívese. N°Protección-16540-2023. (ccc) Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra señora Maritza Elena Villadangos Frankovich e integrada por la ministra señora Elsa Barrientos Guerrero y por el abogado integrante señor Eduardo Nelson Gandulfo Ramírez.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago. Santiago, seis de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: En cuanto al acto atribuido a la Comisión para el Mercado Financiero: 1°) Que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derecho que se estima vulnerado. 2°) Que, del contexto del lib

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