SIN INFORMACION

OLIVARES / JUZGADO DE GARANTÍA DE QUILPUÉ

Rol

Fecha

6 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece Marianela Gatica Gatica, Defensor Penal Público, quien interpone recurso de amparo en favor de Cristopher Alejandro Olivares Correa, imputado en causa seguida ante el Juzgado de Garantía de Villa Alemana, en contra de la resolución de fecha 30 de noviembre de 2023, que dispuso la medida cautelar de prisión preventiva del amparado, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 33 del Código Procesal Penal, no obstante haber sido menor de edad a la fecha de comisión del ilícito por el cual se persigue su responsabilidad penal, afectando su libertad personal, garantizada en el artículo 19 numeral 7° de la Constitución Política. Explica que el actor, junto a otro imputado, se encuentra requerido en un procedimiento simplificado en causa RIT 1537-2019, del Juzgado de Garantía de Villa Alemana, por haber pagado con un billete falso de $10.000, el día 4 de junio de 2019, siendo imputados por el delito de circulación de moneda falsa en grado de frustrado, previsto y sancionado en el artículo 64 de Ley Orgánica Constitucional del Banco Central y amenazas simples en grado de consumado. Afirma que el amparado no admitió los hechos, realizándose audiencias de juicio oral a las que no asistió. Relata que, con fecha 30 de noviembre de 2023, su defendido se presenta voluntariamente al Juzgado de Garantía de Villa Alemana, donde el Fiscal pidió su prisión preventiva y el Juez accedió a ello, infringiendo el artículo 3° de la Ley 20.084, ya que no se puede imponer la medida cautelar de prisión preventiva, por un hecho ocurrido cuando el imputado era menor de dieciocho, privándolo de su libertad de forma ilegal. Solicita que se deje sin efecto la resolución de 30 de noviembre de 2023, disponiendo el cese inmediato de la prisión preventiva. A folio 9, informa Patricio Osvaldo Toro Díaz, Juez Suplente del Juzgado de Garantía de Villa Alemana, quien detalla que la fecha de ocurrencia del hecho materia del requerimiento, el imputado tenía 17 años y 6 mese

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega, su inciso tercero, que el mismo recurso podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Segundo: Que, del mérito de los antecedentes, se desprende que el presente recurso se funda en una amenaza a la libertad personal del amparado, como consecuencia de la resolución dictada por el Juez de Garantía de Villa Alemana, quien decretó su prisión preventiva, no obstante haber sido menor de edad a la fecha de la comisión del hecho por el cual se lo requirió por parte del Ministerio Público, infringiendo el artículo 3° de la Ley 20.084. Tercero: Que, conforme a lo informado por el Juzgado de Garantía, es posible concluir que el acto recurrido por esta vía ya no existe, puesto que se dejó sin efecto la prisión preventiva mediante el amparo de cautela de garantías del artículo 95 del Código Procesal Penal, decretándose la internación provisoria y cambiándolo a la unidad penal correspondiente, pero además porque en la audiencia de juicio oral simplificado, llevada a cabo el pasado 4 de diciembre de 2023, el actor fue absuelto del delito por el cual fue requerido, encontrándose a la fecha en libertad, lo que lleva a rechazar el recurso de amparo, por haber perdido oportunidad durante la tramitación de la presente causa.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Cristopher Alejandro Olivares Correa, en contra del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. Regístrese, notifíquese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N° Amparo-2732-2023. No sujeta a anonimización.

Texto Completo (Preview)

C.A. Valparaíso Valparaíso, seis de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, comparece Marianela Gatica Gatica, Defensor Penal Público, quien interpone recurso de amparo en favor de Cristopher Alejandro Olivares Correa, imputado en causa seguida ante el Juzgado de Garantía de Villa Alemana, en contra de la resolución de fecha 30 de noviembre de 2023, que dispuso la medida cautelar de pr

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