3ER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO TEMUCO/GAYOSO

Rol

Fecha

12 de diciembre de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

VISTO: Que atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente la naturaleza jurídica de la resolución recurrida y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara admisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado Luis Alejandro Quijada Llancaleo, en contra de la resolución de fecha siete de noviembre del año dos mil veintitrés, rolante a folio N° 20 del cuaderno principal de la tramitación de Primera Instancia, por improcedente. Devuélvase.- Rol N° Civil-2034-2023.(cwm)

Fallo

se declara admisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado Luis Alejandro Quijada Llancaleo, en contra de la resolución de fecha siete de noviembre del año dos mil veintitrés, rolante a folio N° 20 del cuaderno principal de la tramitación de Primera Instancia, por improcedente. Devuélvase.- Rol N° Civil-2034-2023.(cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, doce de diciembre de dos mil veintitrés. Al escrito folio 5: Estese a lo que se resolverá. VISTO: Que atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente la naturaleza jurídica de la resolución recurrida y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara admisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado Luis Alej

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