19º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

GUERRA/BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES

Rol

Fecha

13 de diciembre de 2023

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: ON oe o N°5: DESE CUENTA.acompañarse con citaci el penQue el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles los recursos de apelación deducidos por la parte demandada con fecha dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés (folios N°41 y N°42 –cuaderno principal), ambas apelaciones, en contra de lo pertinente de la resolución dictada con fecha diez de noviembre del presente año (folio N°37 –cuaderno principal). Regístrese y comuníquese. N°Civil-18573-2023.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles los recursos de apelación deducidos por la parte demandada con fecha dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés (folios N°41 y N°42 –cuaderno principal), ambas apelaciones, en contra de lo pertinente de la resolución dictada con fecha diez de noviembre del presente año (folio N°37 –cuaderno principal). Regístrese y comuníquese. N°Civil-18573-2023.

Texto Completo (Preview)

rbm C.A. de Santiago (Sala Tramitadora). Santiago, trece de diciembre de dos mil veintitrés. A los folios N°4 y N°6: Estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: ON oe o N°5: DESE CUENTA.acompañarse con citaci el penQue el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decret

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