ÁVILA/BUSTAMANTE
Rol
Fecha
7 de diciembre de 2023
Materia
MONITORIO, COBRO RENTAS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N°18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha veintiséis de octubre de dos mil veintitrés, en contra de la resolución de fecha veinticinco de octubre del mismo año. Comuníquese. N°Civil-18439-2023.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha veintiséis de octubre de dos mil veintitrés, en contra de la resolución de fecha veinticinco de octubre del mismo año. Comuníquese. N°Civil-18439-2023.
Texto Completo (Preview)
gail C.A. de Santiago (Sala Tramitadora). Santiago, siete de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N°18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica qu
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