IMRAN/DIRECCION REGIONAL LIBERTADOR BERNARDO OHIGGINS, SERVICIO NACIONAL MIGRACIONES
Rol
Fecha
6 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
NO HA LUGAR/DESE INGRESO AMPAR
Hechos
VISTO: A lo principal, no siendo aplicable el reclamo judicial regulado en los artículos 141 de la Ley N° 21.325, y 164 de su Reglamento, en el caso de autos, atendida la data de la orden de expulsión impugnada, no ha lugar. Sin perjuicio de lo anterior, siendo los argumentos esgrimidos por el recurrente propios de la acción constitucional de amparo, dese ingreso en el libro Amparo. Al primer, y segundo otrosí, se proveerá en el libro respectivo. Regístrese y archívese. Rol N° 21-2023 Contencioso Administrativo. /gsg
Texto Completo (Preview)
Iquique, seis de diciembre de dos mil veintitrés. VISTO: A lo principal, no siendo aplicable el reclamo judicial regulado en los artículos 141 de la Ley N° 21.325, y 164 de su Reglamento, en el caso de autos, atendida la data de la orden de expulsión impugnada, no ha lugar. Sin perjuicio de lo anterior, siendo los argumentos esgrimidos por el recurrente propios de la acción constitucional de ampa
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